Tramitación mediante registro electrónico

 12/03/2018
 Compartir: 

Resolución de 6 de marzo de 2018, del Fondo de Garantía Salarial, por la que se incluyen nuevos procedimientos, susceptibles de tramitación mediante registro electrónico en el anexo I de la Orden TIN/2942/2008, de 7 de octubre (BOE de 10 de marzo de 2018). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 6 DE MARZO DE 2018, DEL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, POR LA QUE SE INCLUYEN NUEVOS PROCEDIMIENTOS, SUSCEPTIBLES DE TRAMITACIÓN MEDIANTE REGISTRO ELECTRÓNICO EN EL ANEXO I DE LA ORDEN TIN/2942/2008, DE 7 DE OCTUBRE.

El artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos. Además, establece que, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.

Por otro lado, en la Orden TIN/2942/2008, de 7 de octubre, se crea un registro electrónico en el Fondo de Garantía Salarial, para la recepción, tramitación y llevanza de los escritos, solicitudes y comunicaciones que se remitan y expidan por vía electrónica mediante firma electrónica. En el anexo I de esta Orden ministerial se recogen los procedimientos incluidos en su ámbito de aplicación, que, en la actualidad, se limita a la solicitud de prestaciones de garantía salarial. Por lo que, para cumplir con lo regulado en el artículo 14 de la Ley 39/2015, se deben ampliar los procedimientos de dicho anexo I, en concreto los que permitan a los interesados la subsanación y mejora de la solicitud de iniciación, y la realización del trámite de alegaciones.

La disposición final primera de esta Orden ministerial delega en el titular de la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial la competencia para modificar e incluir nuevos modelos, procedimientos, trámites y comunicaciones a los que será de aplicación lo dispuesto en esta Orden.

Por todo ello, esta Secretaría General, de acuerdo con la disposición final primera de la Orden TIN/2942/2008, dispone:

Primero.

Se aprueban nuevos trámites que podrán realizarse en el registro electrónico del Fondo de Garantía Salarial, incorporado en su sede https://sede.fogasa.empleo.gob.es/. En concreto, los trámites que permitan a los interesados la subsanación y mejora de solicitudes de iniciación, la presentación de alegaciones y otros trámites relacionados con notificaciones del organismo.

Segundo.

Se incluyen en el anexo I de la Orden TIN/2942/2008, de 7 de octubre, nuevos procedimientos, susceptibles de tramitación mediante registro electrónico, con la denominación: “Contestar requerimientos u otras notificaciones del FOGASA, y presentar documentación relacionada con los mismos”.

Tercero.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  5. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  6. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  10. INAP: Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana