Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio

 27/02/2018
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Decreto 12/2018, de 9 de febrero, del Consell, por el que se modifica el Decreto 159/2015, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio (DOCV de 26 de febrero de 2018). Texto completo.

DECRETO 12/2018, DE 9 DE FEBRERO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 159/2015, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO Y FUNCIONAL DE LA CONSELLERIA DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO.

PREÁMBULO

El Decreto 159/2015, de 18 de septiembre , del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, establece que esta conselleria es el máximo órgano responsable del Consell en materia de vivienda, proyectos urbanos, obras públicas, vertebración del territorio, paisaje, transportes, puertos, costas y aeropuertos. El artículo 2 determina que bajo la autoridad de la persona titular del departamento, la conselleria está integrada, entre otros, por la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana. El artículo 9 establece que esta dirección general ejerce las competencias que le atribuye el artículo 70 de la Ley del Consell en materia de arquitectura, proyectos y actuaciones urbanas, equipamientos, vivienda y calidad de la edificación, gestión y coordinación del patrimonio público de vivienda, planes de vivienda, suelo y actuaciones concertadas con entes locales en materia de patrimonio urbano y plan de mejora municipal. El artículo 10 dispone que, para el desarrollo de sus competencias, la dirección general dispondrá de la Subdirección General de Vivienda y Regeneración Urbana, la cual coordinará, bajo su dependencia, los servicios de Planificación Económica y Regeneración Urbana, de Coordinación de Vivienda, de Rehabilitación y de Arquitectura.

Asimismo, la Ley 2/2017, de 3 de febrero , de la Generalitat, por la función social de la vivienda de la Comunidad Valenciana, establece un nuevo marco normativo para la Generalitat para desarrollar todas aquellas políticas relacionadas con el servicio de interés general en materia de vivienda, incluyendo acondicionar el parque público, su ampliación y mejora y la adecuación a las condiciones derivadas del reconocimiento del derecho subjetivo a la vivienda, así como el desarrollo de un plan plurianual de rehabilitación con las tareas inherentes al mismo; el establecimiento de medidas de corrección; la creación y gestión de los registros autonómicos de oferta y demanda de viviendas de protección pública, y el impulso y fomento de mecanismos de asesoramiento, ayuda y acompañamiento a las personas afectadas por situaciones de pérdida de la vivienda en los casos previstos en dicha ley, incluyendo la creación del Observatorio del Hábitat y la Segregación Urbana.

Por otro lado, el Decreto 118/1988, de 29 de julio, del Consell, por el que se determina el alcance de la transmisión del patrimonio de promoción pública de la Generalitat, atribuye a la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo “la gestión y administración del patrimonio de promoción pública de la vivienda que pertenece a la Generalitat Valenciana”.

No obstante, el Decreto 159/2015 atribuye específicamente a la Subdirección General de Vivienda y Regeneración Urbana las competencias relativas a la administración del parque público de vivienda de la Generalitat y la coordinación de su seguimiento y la evaluación de las políticas desarrolladas. Se debe, por tanto, clarificar el ámbito competencial mencionado, sin perjuicio de reconocer a la dirección general competente en materia de vivienda las competencias que le corresponden en esta materia y que derivan del carácter de la Generalitat como titular de ese patrimonio habitacional.

En consecuencia, el Consell considera necesaria la remodelación orgánica y funcional de la Dirección General de Rehabilitación y Regeneración Urbana y, por tanto, justificada la necesidad y la oportunidad de esta disposición.

Esta disposición está incluida en el Plan normativo de la Administración de la Generalitat para 2018.

Por todo ello, de conformidad con lo que establecen los artículos 28.f y 64 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta de la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, y previa deliberación del Consell, en la reunión de 9 de febrero de 2018,

DECRETO

Artículo único. Modificación del Decreto 159/2015, de 18 de septiembre , del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio

Se modifica el artículo 10 del Decreto 159/2015, que queda redactado de acuerdo con el anexo de este decreto.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

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