EXTRACTO DE LA ORDEN DEL CONSEJERO DE MEDIO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN DE 18 DE DICIEMBRE DE 2017, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS A LOS AYUNTAMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS NUEVAS Y DE MEJORA DE LAS INFRAESTRUCTURAS AGRARIAS EN 2018.
BDNS (identif.): 376333.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas, los ayuntamientos de municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria que tengan una población inferior a 5.000 habitantes (según los últimos datos publicados por el ICANE anteriores a la convocatoria).
Segundo. Objeto.
La presente orden tiene por objeto convocar para el año 2018 las ayudas a los Ayuntamientos para la realización de obras nuevas y/o de mejora de sus infraestructuras destinadas al desarrollo, modernización o adaptación de la agricultura y el sector forestal, la silvicultura, incluido el acceso a las superficies agrícolas y forestales, la consolidación y mejora de tierras y el suministro y ahorro de energía y agua, de acuerdo con su regulación en el Programa de Desarrollo Rural de Cantabria 2014-2020.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden MED/21/2017, de 12 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los ayuntamientos para la realización de obras nuevas y de mejora de las infraestructuras agrarias (BOC de 20 de junio de 2017).
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas establecidas para esta convocatoria, previstas con una dotación económica máxima total de 759.800 euros serán cofinanciadas, según lo previsto en el artículo 59 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, de la siguiente manera:
402.694 euros a través del fondo FEADER (medida 4.3 del PDR 2014-2020 de Cantabria).
107.131,8 euros a través del MAPAMA.
249.974,2 euros por parte de la comunidad Autónoma de Cantabria con cargo a la aplicación presupuestaria 05.04.414A.763 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
La concesión de las ayudas estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario 2018.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
Cada ayuntamiento solo podrá presentar una única solicitud, que se deberá acompañar de la autoevaluación de los criterios de selección del anexo IV.
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