Estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia

 07/12/2017
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Decreto Foral 108/2017, de 28 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia (BON de 5 de diciembre de 2017). Texto completo.

DECRETO FORAL 108/2017, DE 28 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO FORAL 198/2015, DE 9 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA, INTERIOR Y JUSTICIA.

El Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre , establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia. Transcurrido el tiempo desde la aprobación de este decreto foral, la experiencia adquirida aconseja adaptar la estructura y distribución organizativa de algunas unidades.

Por Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre , se creo el Servicio de Gestión de Medios Humanos y Materiales de la Dirección General de Justicia, que asumió las funciones de los anteriores Servicio Jurídico-Administrativo de Justicia y Servicio de Gestión de Medios Materiales que fueron suprimidos. Asimismo se suprimió la Jefatura de Sección de Asuntos Jurídicos y Personal de Justicia y se creó la Sección de Proyectos y Personal que asumía las funciones en materia de personal de la sección suprimida.

Por Decreto Foral 262/2015, de 25 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre , la Sección de Proyectos y Personal pasa a denominarse Sección de Proyectos, siendo asumidas las funciones relativas al personal por la propia Dirección de Servicio de la que depende directamente el Negociado de Personal y Nueva Oficina Judicial.

La anterior estructura se configuró en base a razones de austeridad en el gasto y por la congelación de la Oferta Pública de Empleo. Estas circunstancias han cambiado desde entonces y ya en el año 2016 se han desarrollado procesos selectivos para la incorporación de nuevos funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, procesos que van a continuar durante los próximos años.

Tras varios años de congelación de la oferta pública de empleo, el Ministerio de Justicia, fruto de las negociaciones con las organizaciones sindicales, ha anunciado la convocatoria anual de procesos selectivos con la finalidad de dotar de estabilidad a las plantillas y reducir el alto nivel de interinidad, que en Navarra supera el 40% del personal de Justicia. Los procesos de OPE se desarrollarán a lo largo de los próximos años estableciéndose el concurso-oposición como la forma ordinaria de acceso a la Administración de Justicia. Ello implica una mayor necesidad de recursos humanos en la Dirección General de Justicia para atender los requerimientos de dichos procesos.

Igualmente, los concursos de traslados de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia son de carácter anual, así como la actualización de los listados para la contratación de personal temporal (sustitutos e interinos).

Para una mejor realización de estas funciones se está trabajando en la modernización y actualización de los medios técnicos para la gestión de las materias relacionadas con el personal al servicio de la Administración de Justicia en Navarra.

La estructura actual resulta insuficiente para afrontar los retos de los próximos años en materia de recursos humanos de la Dirección General de Justicia, habiéndose constatado la necesidad de dedicar una unidad orgánica a la gestión de personal y, por tanto, de crear la Sección de Personal de la Administración de Justicia.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete,

DECRETO:

Artículo único.-Modificación del Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre , por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.

Uno. Se modifica el artículo 75, que queda redactado como sigue:

“Artículo 75. Estructura del Servicio de Gestión de Medios Humanos y Materiales.

El Servicio de Gestión de Medios Humanos y Materiales se estructura en las Secciones siguientes:

a) Sección de Proyectos.

b) Sección de Medios Materiales.

c) Sección de Personal de la Administración de Justicia.”

Dos. Se añade un nuevo artículo 77 bis, con la siguiente redacción:

“Artículo 77.bis. Ámbito material y funcional de la Sección de Personal de la Administración de Justicia.

La Sección de Personal de la Administración de Justicia ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión ordinaria de las materias competencia de la Dirección General de Justicia en relación con el personal al servicio de la Administración de Justicia.

b) Ejecución de las competencias de la Dirección General en materia de ingreso y provisión de puestos de trabajo.

c) Gestión de la selección y nombramiento de personal temporal para ocupar plazas al servicio de la Administración de Justicia en Navarra.

d) Registro, archivo y custodia de documentación relacionada con el personal al servicio de la Administración de Justicia.

e) Apoyo a la actividad y funciones de la Dirección General en materia de personal al servicio de la Administración de Justicia y en el ejercicio de las funciones derivadas de las relaciones con los representantes sindicales.

f) Colaboración en la elaboración de la memoria de actividad.

g) Cuantas otras le atribuya la legislación vigente o le encomiende la Dirección General de Justicia.

Disposición adicional única.-Condiciones de ejercicio.

La nueva Jefatura de Sección de Personal de la Administración de Justicia será desempeñada con el mismo régimen de dedicación que ya tienen asignado la Jefatura de Sección de Proyectos y la Jefatura de Sección de Medios Materiales de la Dirección General de Justicia.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

El presente decreto foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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