Recurso de inconstitucionalidad n.º 4063-2017

 04/12/2017
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Recurso de inconstitucionalidad n.º 4063-2017, contra el artículo 3.1, apartados a) y b) e inciso del artículo 6 relativo a las "entidades que, sin tener personalidad jurídica, constituyen una unidad económica o patrimonio separado susceptible de imposición, definidas como obligados tributarios por la normativa tributaria general" de la Ley de la Generalidad de Cataluña 6/2017, de 9 de mayo, del Impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas (BOE de 4 de diciembre de 2017). Texto completo.

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 4063-2017, CONTRA EL ARTÍCULO 3.1, APARTADOS A) Y B) E INCISO DEL ARTÍCULO 6 RELATIVO A LAS "ENTIDADES QUE, SIN TENER PERSONALIDAD JURÍDICA, CONSTITUYEN UNA UNIDAD ECONÓMICA O PATRIMONIO SEPARADO SUSCEPTIBLE DE IMPOSICIÓN, DEFINIDAS COMO OBLIGADOS TRIBUTARIOS POR LA NORMATIVA TRIBUTARIA GENERAL" DE LA LEY DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA 6/2017, DE 9 DE MAYO, DEL IMPUESTO SOBRE LOS ACTIVOS NO PRODUCTIVOS DE LAS PERSONAS JURÍDICAS.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 28 de noviembre actual, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 4063-2017, promovido por el Presidente del Gobierno, ha acordado:

“Levantar la suspensión de la vigencia del art. 3.1, apartados a) y b), de la Ley de la Generalidad de Cataluña 6/2017, de 9 de mayo, del impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas, así como del inciso del art. 6 de dicha Ley, relativo a “las entidades que, sin tener personalidad jurídica, constituyen una unidad económica o patrimonio separado susceptible de imposición, definidas como obligados tributarios por la normativa tributaria general”“. Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 233, de 27 de septiembre de 2017.

Madrid, 28 de noviembre de 2017.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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