CONVENIO PARA EL RECONOCIMIENTO RECÍPROCO DE PUNZONES DE PRUEBA DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES Y REGLAMENTO CON ANEJOS I Y II, HECHOS EN BRUSELAS EL 1 DE JULIO DE 1969. DECISIONES ADOPTADAS POR LA COMISIÓN INTERNACIONAL PERMANENTE PARA LA PRUEBA DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES EN SU XXXIII SESIÓN PLENARIA EL 18 DE MAYO DE 2016 (DECISIONES XXXIII-16 A XXXIII-30) Y EN SU XXXIII SESIÓN PLENARIA EL 19 DE OCTUBRE DE 2016 (DECISIONES XXXIII-31 A XXXIII-41).
COMISIÓN INTERNACIONAL PERMANENTE PARA LA PRUEBA DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES
La Comisión Internacional Permanente para la Prueba de Armas de Fuego, haciendo referencia al Convenio para el Reconocimiento Recíproco de Punzones de Prueba de Armas de Fuego Portátiles y al Reglamento, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969, tiene el honor de poner en conocimiento de las Partes Contratantes las decisiones adoptadas en la reunión de la Subcomisión Técnica celebrada el 18 de mayo de 2016 en Bruselas.
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