Subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del Comercio Ambulante (Modalidad CAM)

 14/11/2017
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Resolución de 3 de noviembre de 2017, de la Dirección General de Comercio, por la que se modifica la Resolución de 29 de junio de 2017, por la que se convocan, para el ejercicio 2017, las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del Comercio Ambulante (Modalidad CAM), así como la Resolución, de fecha 29 de septiembre de 2017, por la que se realiza la distribución de créditos correspondientes a dicha convocatoria (BOJA de 13 de noviembre de 2017). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 3 DE NOVIEMBRE DE 2017, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 29 DE JUNIO DE 2017, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL EJERCICIO 2017, LAS SUBVENCIONES A CONCEDER, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, A LOS AYUNTAMIENTOS PARA LA MEJORA Y MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO AMBULANTE (MODALIDAD CAM), ASÍ COMO LA RESOLUCIÓN, DE FECHA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2017, POR LA QUE SE REALIZA LA DISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS CORRESPONDIENTES A DICHA CONVOCATORIA.

Mediante Orden del Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, de fecha 29 de julio de 2016, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del comercio ambulante (Modalidad CAM), publicada en el BOJA núm. 148, de 3 de agosto de 2016.

Con fecha 29 de junio de 2017, se dictó Resolución de la Dirección General de Comercio por la que se convocan para el ejercicio 2017, subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del comercio ambulante (Modalidad CAM), publicada en el BOJA núm. 133, de 13 de julio de 2017.

Asimismo, con fecha 29 de septiembre de 2017 se dicta Resolución de la Dirección General de Comercio por la que se realiza la distribución de créditos correspondiente a la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2017, a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del comercio ambulante (Modalidad CAM), publicada en el BOJA núm. 193, de 6 de octubre de 2017.

El apartado 24 del Cuadro Resumen de la Orden de fecha 29 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras, establece la forma y secuencia del pago de estas subvenciones, habiendo previsto una sola forma de pago consistente en el pago anticipado del 75% del importe de la subvención tras la resolución de concesión, debiendo ser justificado en el plazo de tres meses a contar desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada. Tras la justificación del 100% de la actividad subvencionada se abonará el 25% restante del importe de la subvención.

Por otro lado, el apartado 5.e) del Cuadro Resumen indicia que el plazo de ejecución de los gastos subvencionables será desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria hasta un plazo máximo de 6 meses desde la notificación de la resolución de concesión.

En este marco, la Resolución de convocatoria ha previsto en su apartado octavo que estas subvenciones se financiarían íntegramente con cargo al 2017, lo que provoca una incoherencia entre el plazo máximo de ejecución de los gastos subvencionables y la anualidad a la que deben imputarse la autorización y compromiso de gasto correspondientes previos a las resoluciones de concesión dadas las fechas en que se prevé proponer finalmente la concesión de estas subvenciones (octubre de 2017).

Visto lo anterior, se ha estimado necesaria la modificación de las resoluciones de convocatoria y de distribución de crédito para para que la financiación se produzca con cargo a los ejercicios 2017 y 2018, lo que conllevará un aumento del crédito de la convocatoria de 200.000 imputable al presupuesto 2018.

En su virtud, de conformidad con el Decreto 210/2015, de 14 de julio , por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, y la disposición adicional única de la Orden del Consejero de Empleo , Empresa y Comercio, de fecha 29 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del comercio ambulante (Modalidad CAM),

RESUELVO

Primero. Modificación de la Resolución, de 29 de junio de 2017, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del comercio ambulante (Modalidad CAM).

Se modifica el apartado octavo de la Resolución, de 29 de junio de 2017, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del comercio ambulante (Modalidad CAM), que queda redactado como sigue:

“Octavo. Financiación.

1. Las subvenciones concedidas a los Ayuntamientos (Modalidad CAM) se financiarán con cargo a los ejercicios 2017 y 2018 imputándose a la partida presupuestaria 1400010000G/76A/76400/0001, proyecto de inversión 1993000299, siendo la cuantía máxima de 800.000,00 euros con la siguiente distribución de anualidades:

Tabla omitida.

Segundo. Modificación de la Resolución de 29 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Comercio, por la que se realiza la distribución de créditos correspondiente a la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2017, a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del comercio ambulante (Modalidad CAM).

Se modifica el párrafo segundo del apartado primero de la Resolución de 29 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Comercio, por la que se realiza la distribución de créditos correspondiente a la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2017, a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del comercio ambulante (Modalidad CAM), el cual queda redactado como sigue:

“Para las subvenciones concedidas para los Ayuntamientos se destinará, con cargo a la partida presupuestaria 1400010000G/76A/76400/0001, una cuantía máxima de 600.000,00 euros con cargo al ejercicio 2017, y una cuantía máxima de 200.000,00 euros con cargo al ejercicio 2018, con la siguiente distribución territorial:

Tabla omitida.

Tercero. La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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