Medidas urgentes sobre el sacrificio de ganado bovino, ovino y caprino

 07/11/2017
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Decreto 80/2017, de 26 de octubre, por el que se derogan el Decreto 34/2001, de 27 de abril, por el que se establecen las normas que desarrollan el Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, relativas a la formación de manipuladores de alimentos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, y el Decreto 87/2001, de 31 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes sobre el sacrificio de ganado bovino, ovino y caprino en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con la prevención de encefalopatías espongiformes transmisibles de esta especie de animales al hombre (BOCA de 6 de noviembre de 2017). Texto completo.

DECRETO 80/2017, DE 26 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE DEROGAN EL DECRETO 34/2001, DE 27 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS QUE DESARROLLAN EL REAL DECRETO 202/2000, DE 11 DE FEBRERO, RELATIVAS A LA FORMACIÓN DE MANIPULADORES DE ALIMENTOS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, Y EL DECRETO 87/2001, DE 31 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES SOBRE EL SACRIFICIO DE GANADO BOVINO, OVINO Y CAPRINO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, EN RELACIÓN CON LA PREVENCIÓN DE ENCEFALOPATÍAS ESPONGIFORMES TRANSMISIBLES DE ESTA ESPECIE DE ANIMALES AL HOMBRE.

Con objeto de proceder al desarrollo de las normas relativas a la formación de manipuladores de alimentos, dentro del marco que establecía el Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se aprueban las normas relativas a estos profesionales, se aprobó el Decreto 34/2001, de 27 de abril , por el que se establecen las normas que desarrollaban el citado Real Decreto 202/2000 en la Comunidad Autónoma de Cantabria .

Sin embargo, por un lado, el Real Decreto 202/2000 ha sido expresamente derogado en virtud de lo dispuesto en la disposición derogatoria única del Real Decreto109/2010, de 5 de febrero, por el que se modifican diversos reales decretos en materia sanitaria para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre , sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre , de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Y, por otro lado, la formación de los manipuladores de alimentos se encuentra actualmente regulada en el Capítulo XII del Anexo II del Reglamento (CE) N.º 852/2004 del Parlamento europeo y del Consejo, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios.

Por todo ello, procede, en consecuencia, la derogación expresa del Decreto de Cantabria 34/2001 de 27 de abril , que desarrolla el citado Real Decreto 202/2000 .

Asimismo, el Decreto 87/2001, de 31 de agosto , por el que se adoptan medidas urgentes sobre sacrificio de ganado bovino, ovino y caprino en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con la prevención de encefalopatías espongiformes transmisibles de esta especie de animales al hombre, fue dictado con la finalidad de asegurar el correcto desenvolvimiento y aplicación de diversas disposiciones comunitarias (la Decisión de la Comisión de las Comunidades Europeas -2000/764/CE-, de 29 de noviembre de 2000, la Decisión de la Comisión -2000/418/CE-, de 29 de junio, y el Reglamento de la Comisión 2777/2000, de 18 de diciembre de 2000) y nacionales (el Real Decreto 1911/2000, de 24 de noviembre, por el que se regula la destrucción de los materiales específicos de riesgo en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles y el Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales).

Actualmente sin embargo, el contenido del Decreto 87/2001 resulta obsoleto a la vista del régimen jurídico establecido por diversas normas actualmente vigentes, entre las que cabe citar el Reglamento CE N .º 999/2001 del Parlamento europeo y del Consejo, de 22 de mayo, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles, el Reglamento CE N .º 854/2004 del Parlamento europeo y del Consejo, de 29 de abril, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano, y el Reglamento CE N .º 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales. Por ello procede igualmente la derogación expresa del referido Decreto 87/2001.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Sanidad, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de octubre de 2017.

DISPONGO Artículo único.

1. Queda derogado el Decreto 34/2001, de 27 de abril , por el que se establecen las normas que desarrollaban el Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, relativas a la formación de manipuladores de alimentos en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2. Queda derogado el Decreto 87/2001, de 31 de agosto , por el que se adoptan medidas urgentes sobre sacrificio de ganado bovino, ovino y caprino en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con la prevención de encefalopatías espongiformes transmisibles de esta especie de animales al hombre.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

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