Becas a la excelencia académica para estudiantes universitarios de grado empadronados en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha

 07/11/2017
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Orden 184/2017, de 30 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica la Orden de 21/09/2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas a la excelencia académica para estudiantes universitarios de grado empadronados en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM de 6 de noviembre de 2017). Texto completo.

ORDEN 184/2017, DE 30 DE OCTUBRE, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 21/09/2016, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE BECAS A LA EXCELENCIA ACADÉMICA PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DE GRADO EMPADRONADOS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

La Orden de 21/09/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobó las bases reguladoras para la concesión de becas a la excelencia académica para aquellos estudiantes universitarios de grado empadronados en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, matriculados en universidades públicas españolas y con un aprovechamiento académico excelente, ofreciéndoles así un estímulo adicional al esfuerzo realizado.

Con esta modificación de la Orden de 21/09/2016 se pretende dar cumplimiento a la Ley 4/2016, de 15 de diciembre , de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, que obliga a recoger en las bases reguladoras una serie de obligaciones para los posibles beneficiarios de subvenciones en cuanto a la información a suministrar para poder cumplir con el deber de transparencia que dicha norma impone a los gestores públicos. A estos efectos se incluye una nueva base, decimonovena, en la Orden.

En virtud de la competencia que me atribuye el artículo 23.2 c) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, y el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de CastillaLa Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y el Decreto 85/2015, de 14 de julio , por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, previo informe del Servicio Jurídico y de la Intervención General, dispongo:

Artículo único: Modificación de la Orden de 21/09/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas a la excelencia académica para estudiantes universitarios de grado empadronados en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Se adiciona una nueva base, decimonovena, a la Orden de 21/09/2016, redactada en los siguientes términos:

“Decimonovena. Transparencia.

1. En virtud del artículo 6.1.b) de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, los beneficiarios de subvenciones estarán obligados a suministrar a la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el plazo de diez días toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones establecidas en el título II de la mencionada Ley.

2. De conformidad con el artículo 6.2 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre se podrá acordar, previo apercibimiento y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas una vez transcurrido el plazo conferido en el requerimiento sin que el mismo hubiera sido atendido. La multa será reiterada por períodos de quince días hasta el cumplimiento. El total de la multa no podrá exceder del cinco por ciento del importe de la subvención, sin que la multa exceda de 3.000 euros. Para la determinación del importe, se atenderá al grado del incumplimiento y al principio de proporcionalidad, entre otros”.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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