Subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas

 31/10/2017
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Orden de 24 de octubre de 2017, por la que se da publicidad al incremento del crédito disponible para la convocatoria 2016 de las subvenciones reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónomas de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011 (BOJA de 30 de octubre de 2017). Texto completo.

ORDEN DE 24 DE OCTUBRE DE 2017, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL INCREMENTO DEL CRÉDITO DISPONIBLE PARA LA CONVOCATORIA 2016 DE LAS SUBVENCIONES REGULADAS EN LA ORDEN DE 5 DE DICIEMBRE DE 2012, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LAS RAZAS AUTÓCTONAS ESPAÑOLAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMAS DE ANDALUCÍA, REGULADAS EN EL REAL DECRETO 1625/2011.

La Orden de 1 diciembre de 2015 establece la convocatoria para el año 2016 de las ayudas reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónomas de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre .

En el apartado sexto de la citada Orden se indica una disponibilidad presupuestaria para la convocatoria de 50.000,00 euros, pudiéndose incrementar según las disponibilidades presupuestarias, que se deriven de los acuerdos que se adopten en el seno de la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, y por tanto al amparo del artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo , que prevé la posibilidad de incrementar el crédito máximo disponible con una cuantía adicional, todo ello con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión y sin necesidad de una nueva convocatoria.

De conformidad con lo reflejado en el párrafo anterior, la disponibilidad presupuestaria inicialmente aprobada de 50.000,00 euros para la convocatoria 2016 fue aumentada en 116.939,00, hasta totalizar 166.936,00 (ciento sesenta y seis mil novecientos treinta y seis euros) con cargo a la partida presupuestaria 1900180000 G/71B/78206/99 S0600 2007003022, dándose publicidad del mencionado incremento de crédito disponible mediante Orden de 26 de junio de 2017 (BOJA número 125, de 3 de julio de 2017).

En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 58.5 del Real Decreto 887/2006 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones.

RESUELVO

Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión y en los mismos medios que la convocatoria 2016 de las ayudas contempladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, a un segundo incremento de crédito disponible, por una cuantía adicional de 11.521,04 euros (once mil quinientos veintiún euros con 4 céntimos), por lo que junto con los 166.936,00 aprobados anteriormente, el importe total de la convocatoria 2016 de dichas ayudas asciende a 178.457,04 euros (ciento setenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y siete euros con 4 céntimos) con cargo a la partida presupuestaria 1900180000 G/71B/78206/99 S0600 2007003022; sin que tal publicidad lleve aparejado la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni para notificar la resolución correspondiente.

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