ORDEN DE 19 DE OCTUBRE DE 2017, POR LA QUE SE ACUERDAN ACTUACIONES ESPECÍFICAS EN MEMORIA DEMOCRÁTICA EN DETERMINADOS MUNICIPIOS ANDALUCES.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, las actividades dirigidas a la localización exhumación y, en su caso, la identificación de los restos de personas desaparecidas víctimas de la represión deberán ser autorizadas por la Consejería competente en materia de Memoria Democrática de acuerdo con los protocolos previstos en la Ley y con las garantías y procedimientos que se establezcan reglamentariamente.
Siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 7.1 del Decreto 334/2003, de 2 de diciembre, para la coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil Española y la Posguerra, el Comité Técnico de Coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la Posguerra, regulado por Orden de 9 de julio 2013, en su sesión de 3 de julio de 2017, una vez estudiadas las diferentes propuestas presentadas para la realización de actuaciones de localización, exhumación, estudio antropológico e identificación genética, si procediera, de los restos hallados en fosas de víctimas de la Guerra Civil y la represión franquista, ha elevado propuesta para la aprobación de varias actuaciones específicas de recuperación de Memoria Histórica.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 12/2017, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 204/ 2015, de 14 de julio (modificado por el Decreto 142/2017, de 19 de agosto), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, y a propuesta del Director General de Memoria Democrática,
DISPONGO
Único. Aprobar, a propuesta del Comité Técnico de Coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la Posguerra, regulado por Orden de 9 de julio 2013, la ejecución de las siguientes actuaciones:
• Indagación-localización, exhumación e identificación genética, si procede, en las siguientes localidades:
En la provincia de Cádiz:
- Benamahoma.
En la provincia de Sevilla:
- El Coronil
En la provincia de Huelva:
- Huelva.
Las actuaciones mencionadas se llevarán a cabo a lo largo del año en curso, existiendo consignación presupuestaria para efectuar los pagos derivados de las mismas.
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