Tasas y Precios Públicos

 26/09/2017
 Compartir: 

Ley 9/2017, de 19 de septiembre, por la que se modifica la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR de 25 de septiembre de 2017) Texto completo.

LEY 9/2017, DE 19 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 6/2002, DE 18 DE OCTUBRE, DE TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El año 2017, desde el punto de vista climático, está incidiendo de forma negativa en el sector agrario riojano. La ausencia de precipitaciones, las altas temperaturas, así como las heladas primaverales y las tormentas con granizo han causado efectos perjudiciales en diversas producciones.

La sequía y el resto de fenómenos meteorológicos descritos están afectando al normal desarrollo de cultivos tanto en secano como en regadío, ya que la disponibilidad de agua para atender la demanda de riego también es menor como consecuencia de la falta de precipitaciones. En las explotaciones de ganadería extensiva se están viendo obligados a completar la alimentación de los animales, al no estar este recurso disponible de forma natural en los pastos dedicados a esta actividad.

La importancia del sector agrario en La Rioja y la sensibilidad ante estos factores climáticos que pueden poner en riesgo la viabilidad de algunas de nuestras explotaciones ganaderas aconsejaron la adopción de medidas excepcionales. El Gobierno de La Rioja, ante esta situación, aprobó el Plan de Acción para paliar las consecuencias de la sequía y otros fenómenos meteorológicos, que incluía entre otras medidas la exención del pago de determinadas tasas.

La primera de las exenciones afectará al pago de determinadas tarifas a las explotaciones de ganadería extensiva de acuerdo con la 'Tasa 05.07. Tasa por servicios facultativos veterinarios'. Se prevé que esta exención produzca efectos tanto durante 2017 como en 2018. Este periodo se ha propuesto como consecuencia de que la entrada en vigor de la misma se va a producir cuando ya las explotaciones ganaderas han estado sufriendo los efectos de la sequía durante los meses precedentes y porque además es previsible que los efectos de la sequía se extiendan a 2018.

La segunda exención se refiere a la tarifa 3.2 de la Tasa 05.12, para autorizaciones de caza mayor en rececho, aguardo o espera, cuando la autorización se conceda en el ámbito de medidas extraordinarias por daños producidos en fincas agrícolas. En este caso se considera que el ámbito temporal de la exención debe ser indefinido, dado que, si bien los daños en la agricultura se han acrecentado en los últimos meses debido a la sequía, parece oportuno establecer esta exención de forma indefinida, si bien circunscrita a las actuaciones de rececho, aguardo o espera, cuya finalidad es evitar daños en las explotaciones agrarias.

La Ley 11/2013, de 21 de octubre , de Hacienda Pública de La Rioja, indica en su artículo 24: 'El establecimiento, modificación y supresión de los impuestos, tasas, contribuciones especiales y exacciones parafiscales propios, así como la fijación de los recargos se efectuarán mediante ley del Parlamento de La Rioja'. En el mismo sentido, la Ley 6/2002, de 18 de octubre , de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, señala en su artículo 12: 'El establecimiento de tasas, así como su modificación y supresión, se efectuará mediante Ley del Parlamento de La Rioja'.

Artículo único. Modificación de la Ley 6/2002, de 18 de octubre , de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Uno. Modificación de la Tasa 05.07. Tasa por servicios facultativos veterinarios.

Se añade el siguiente apartado:

'Exenciones.

Los titulares de explotaciones de ganadería extensiva inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de La Rioja (REGA), cuya clasificación zootécnica sea producción y reproducción de las especies bovino, ovino o caprino, quedan exentos del pago de las tarifas 3.1.2, 3.2.1, 3.2.2, 3.4 y 10 de la Tasa 05.07 desde la entrada en vigor de esta exención hasta el 31 de diciembre de 2018'.

Dos. Modificación de la Tasa 05.12. Tasa por servicios en materia de caza.

Se añade el siguiente apartado:

'Exenciones.

Quedan exentas del pago de la tarifa 3.2 las personas físicas o jurídicas y los entes comprendidos en el artículo 17.2 de esta ley que soliciten autorizaciones de caza mayor como consecuencia de la adopción de medidas extraordinarias por daños producidos en fincas agrícolas en las modalidades de rececho, aguardo o espera'.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  4. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  5. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  6. INAP: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (del 16 al 22 de septiembre de 2026)
  7. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  8. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  9. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  10. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana