Estructura de la Dirección Gerencia y de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea

 01/09/2017
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Orden Foral 550E/2017, de 28 de agosto, del Consejero de Salud, por la que se modifica la Orden Foral 12/2016, de 2 de febrero, del Consejero de Salud, por la que se establece la estructura de la Dirección Gerencia y de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a nivel de secciones y de unidades no asistenciales (BON de 31 de agosto de 2017). Texto completo.

ORDEN FORAL 550E/2017, DE 28 DE AGOSTO, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 12/2016, DE 2 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LA DIRECCIÓN GERENCIA Y DE LOS ÓRGANOS CENTRALES DEL SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA A NIVEL DE SECCIONES Y DE UNIDADES NO ASISTENCIALES.

El artículo 19.2 del Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprobaron los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea establece que la estructura de los Servicios Asistenciales, de las Secciones y de las Unidades se establecerá por Orden Foral de la persona titular del Departamento de Salud, a propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

El citado Decreto Foral, en su artículo 25, regula la estructura de la Dirección Gerencia distinguiendo entre en órganos centrales y órganos periféricos de gestión, siendo los órganos centrales la Dirección de Asistencia Sanitaria al Paciente, la Dirección de Profesionales, la Dirección de Gestión Económica y Servicios Generales, el Servicio de Régimen Jurídico y el Servicio de Sistema de Información Sanitaria. Entre los órganos centrales se recoge al Servicio de Régimen Jurídico.

Las funciones del Servicio de Régimen Jurídico se encuentran reguladas en el artículo 53 del Decreto Foral 171/2015, antes citado.

Mediante la Orden Foral 12/2016, de 2 de febrero , del Consejero de Salud, se estableció la estructura de la Dirección Gerencia y de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a nivel de secciones y de unidades no asistenciales.

El tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la citada Orden Foral y la experiencia adquirida durante el mismo han demostrado la necesidad de dotar de estructura al Servicio de Régimen Jurídico.

En consecuencia, vista la propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 19.2 del Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea,

ORDENO:

Artículo único.-Modificación de la Orden Foral 12/2016, de 2 de febrero , del Consejero de Salud, por la que se establece la estructura de la Dirección Gerencia y de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a nivel de secciones y de unidades no asistenciales.

Se añade un número seis al artículo único de la Orden Foral 12/2016, de 2 de febrero, del Consejero de Salud, por la que se establece la estructura de la Dirección Gerencia y de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a nivel de secciones y de unidades no asistenciales, que queda redactado como sigue:

“Seis. Servicio de Régimen Jurídico.

1. El Servicio de Régimen Jurídico se estructura en las siguientes Secciones:

a) La Sección de Asistencia Jurídica a la Gestión de los Recursos.

b) La Sección de Asistencia Jurídica en las Relaciones con la Ciudadanía.

2. Funciones de la Sección de Asistencia Jurídica a la gestión de los recursos.

La Sección de Asistencia Jurídica a la Gestión de los Recursos desarrollará las siguientes funciones:

a) Apoyar y asesorar jurídicamente en todo lo concerniente a la contratación de bienes y servicios.

b) Emitir informes en relación con la elaboración de normativa y con los recursos administrativos en material de personal.

c) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Régimen Jurídico.

3. Funciones de la Sección de Asistencia Jurídica en las Relaciones con la Ciudadanía.

La Sección de Asistencia Jurídica en las Relaciones con la Ciudadanía desarrollará las siguientes funciones:

a) Gestionar y tramitar los expedientes de responsabilidad patrimonial sanitaria.

b) Emitir informes en relación las reclamaciones administrativas previas en materia de prestaciones de Seguridad Social y con los recursos administrativos en materias concernientes a la Sección.

c) Resolver consultas jurídicas en materia de acceso a datos e información sanitaria.

d) Resolver consultas jurídicas en materia de derechos y obligaciones sanitarias.

e) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Régimen Jurídico.”

Disposición adicional única.-Encuadramiento.

Las jefaturas de sección que se crea mediante la presente Orden Foral se encuadrarán, a efectos retributivos, en el nivel II.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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