Modificación de la Resolución de 11 de mayo de 2017

 28/07/2017
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Resolución de 21 de julio de 2017, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se modifica la Resolución de 11 de mayo de 2017, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se efectúa convocatoria para la presentación de las solicitudes de pago de las ayudas previstas en el Reglamento Delegado (UE) 2016/921 de la Comisión de 10 de junio, que establece con carácter temporal, nuevas medidas excepcionales de ayuda a los productores de determinadas frutas y hortalizas(BOJA de 27 de julio de 2017). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 21 DE JULIO DE 2017, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AYUDAS DIRECTAS Y DE MERCADOS, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 11 DE MAYO DE 2017, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AYUDAS DIRECTAS Y DE MERCADOS, POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE PAGO DE LAS AYUDAS PREVISTAS EN EL REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2016/921 DE LA COMISIÓN DE 10 DE JUNIO, QUE ESTABLECE CON CARÁCTER TEMPORAL, NUEVAS MEDIDAS EXCEPCIONALES DE AYUDA A LOS PRODUCTORES DE DETERMINADAS FRUTAS Y HORTALIZAS

Con fecha 19 de mayo de 2017, se publicó en el BOJA la Resolución de 11 de mayo de 2017, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se efectúa convocatoria para la presentación de las solicitudes de pago de las ayudas previstas en el Reglamento Delegado (UE) 2016/921 de la Comisión de 10 de junio, que establece con carácter temporal, nuevas medidas excepcionales de ayuda a los productores de determinadas frutas y hortalizas.

En su apartado sexto sobre solicitud de pago, documentación y plazo de presentación, se establecía como plazo para la presentación de las solicitudes el comprendido entre el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el 31 de mayo, inclusive.

Con fecha 4 de marzo de 2017, se publica en el DOUE el Reglamento Delegado (UE) 2017/376 de la Comisión de 3 de marzo de 2017, que modifica el Reglamento (UE) 2016/921 en lo que atañe a la reasignación de las cantidades no utilizadas notificadas de conformidad con el artículo 2, apartado 4, de ese Reglamento.

Con fecha 6 de marzo de 2017, el Fondo Español de Garantía Agraria (en adelante, FEGA) emite la Adenda a la Circular de Coordinación 17/2016 por la que se incluyen las modificaciones introducidas con el Reglamento Delegado (UE) 2017/376 de la Comisión.

En la mencionada circular, la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (en adelante MAPAMA), tras consultar al sector y en base al artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) 2016/921 de la Comisión, decidió asignar las 3.015 toneladas exclusivamente a la manzana.

Con fecha 7 de junio de 2017, el FEGA emite la Circular de Modificación de la precitada Adenda a la Circular de Coordinación 17/2016.

En la mencionada Circular de Modificación, la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del MAPAMA, tras consultar al sector y mediante Resolución de 7 de junio de 2017, decidió asignar la cantidad restante de las 3.015 toneladas, no asignada a manzana hasta la fecha, al procedimiento de transformación con pago en especie de melocotón, nectarina, paraguayo y platerina.

En virtud de lo anterior, es necesario modificar la Resolución de 11 de mayo de 2017, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se efectúa convocatoria para la presentación de las solicitudes de pago de las ayudas previstas en el Reglamento Delegado (UE) 2016/921 de la Comisión de 10 de junio, que establece con carácter temporal, nuevas medidas excepcionales de ayuda a los productores de determinadas frutas y hortalizas a los efectos de modificar la fecha de ejecución de las operaciones subvencionables, y establecer un nuevo plazo de solicitud de pago para las operaciones de retirada de transformación con pago en especie de melocotón, nectarina, paraguayo y platerina.

Por razón de lo expuesto, en virtud y uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en particular, el artículo 13 del Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural,

RESUELVO

Primero. Se modifica el apartado primero de la Resolución de 11 de mayo de 2017, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se efectúa convocatoria para la presentación de las solicitudes de pago de las ayudas previstas en el Reglamento Delegado (UE) 2016/921 de la Comisión de 10 de junio, que establece con carácter temporal, nuevas medidas excepcionales de ayuda a los productores de determinadas frutas y hortalizas a los efectos de añadir un apartado c) con la siguiente redacción:

“c) Operaciones ejecutadas al amparo del Reglamento Delegado (UE) 2017/376 de la Comisión de 3 de marzo de 2017 que modifica el Reglamento (UE) 2016/921 en lo que atañe a la reasignación de las cantidades no utilizadas notificadas de conformidad con el artículo 2, apartado 4, de ese Reglamento.”

Segundo. Para las operaciones de retirada de transformación con pago en especie de melocotón, nectarina, paraguayo y platerina se establece un plazo de presentación de solicitudes de pago que se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y finalizará el 31 de julio, inclusive.

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