Reglamento de la Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera”

 04/07/2017
 Compartir: 

Decreto 97/2017, de 27 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera” (DOE de 3 de julio de 2017). Texto completo.

DECRETO 97/2017, DE 27 DE JUNIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA “PIMENTÓN DE LA VERA”.

“Pimentón de la Vera” es una Denominación de Origen protegida por la Unión Europea de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 982/2007 de la Comisión de 21 de agosto de 2007, por el que se inscriben ciertas denominaciones en el registro de denominaciones de origen protegidas y de indicaciones geográficas protegidas y de indicaciones geográficas protegidas [Pimentón de la Vera (DOP -Karlovarský suchar (IGP -Riso di Baraggia Biellese e Vercellese (DOP)].

El actual Reglamento de la Denominación de Origen Protegida (en adelante DOP) “Pimentón de la Vera fue aprobado por el Decreto 100/2011, de 17 de junio , por el que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida “Pimentón de La Vera (DOE n.º 120 de 23 de junio).

Con posterioridad a la entrada en vigor de dicha norma reglamentaria ha sido dictado el Reglamento (UE) n.º 1151/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura y la Ley 2/2016, de 17 de marzo, de modificación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, y de derogación parcial y modificación de la Ley 4/2010, de 28 de abril , de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas de Calidad Agroalimentaria de Extremadura.

El régimen jurídico de los consejos reguladores de las denominaciones de origen se establece fundamentalmente en el artículo 51 de la Ley 6/2015, Agraria de Extremadura, en su redacción dada por la Ley 2/2016, así como en la Ley 4/2010, de 28 de abril , de Consejos Reguladores de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas de Calidad Agroalimentaria de Extremadura, modificada (incluido su título) y parcialmente derogada por la citada Ley 2/2016.

No obstante, el Reglamento (UE) n.º 1151/2012 continúa en esencial la regulación del Reglamento (CE) n.º 510/2006, del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios, y con la Ley 2/2016 , el régimen jurídico de los consejos reguladores de las denominaciones geográficas de calidad agroalimentaria, ha vuelto en su esencia, a la configuración de estas entidades como corporaciones de derecho público con sujeción a las normas de la Ley 4/2010, que se mantienen casi en su práctica totalidad vigentes.

En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 9.1.13 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, previa propuesta del Consejo Regulador de la DOP “Pimentón de la Vera”, en ejercicio de la potestad reglamentaria regulada en la Ley 1/2002, de 28 de febrero , del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 27 de junio 2017, DISPONGO:

Artículo único. Aprobación del reglamento de la Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera”.

Se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera”, cuyo texto se inserta como Anexo de este decreto.

Disposición adicional única. Pliego de condiciones.

El pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera”, podrá consultarse en la sede oficial de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura a través de la siguiente dirección de Internet http://www.gobex.es/filescms/ con03/uploaded_files/SectoresTematicos/Agroalimentario/Denominacionesdeorigen/Pliego_ condiciones_DOP_Pimenton_de_la_Vera.pdf.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogado el Decreto 100/2011, de 17 de junio , por el que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida “Pimentón de La Vera.” Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  4. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  7. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  8. INAP: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (del 16 al 22 de septiembre de 2026)
  9. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  10. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana