Subvenciones destinadas a los entes locales para la instalación de elementos de cuantificación de rebosamiento de los sistemas públicos de saneamiento

 29/06/2017
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Resolución TES/1465/2017, de 14 de junio, por la que se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los entes locales para la instalación de elementos de cuantificación de rebosamiento de los sistemas públicos de saneamiento en baja correspondiente a las actuaciones llevadas a cabo durante el ejercicio 2016 (ref. BDNS 352052) (DOGC de 28 de junio de 2017). Texto completo.

RESOLUCIÓN TES/1465/2017, DE 14 DE JUNIO, POR LA QUE SE ABRE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A LOS ENTES LOCALES PARA LA INSTALACIÓN DE ELEMENTOS DE CUANTIFICACIÓN DE REBOSAMIENTO DE LOS SISTEMAS PÚBLICOS DE SANEAMIENTO EN BAJA CORRESPONDIENTE A LAS ACTUACIONES LLEVADAS A CABO DURANTE EL EJERCICIO 2016 (REF. BDNS 352052).

Los rebosamientos de los sistemas de saneamiento son una entrada puntual de contaminantes en el sistema hídrico. En algunos casos esta fuente de contaminación puede, incluso, llegar a ser significativa. Para medir el impacto de los rebosamientos en el medio receptor es importante poderlos cuantificar y, de este modo, disponer de un dato esencial para diseñar las medidas correctoras adecuadas.

El artículo 19 del Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, y el artículo 3 del Reglamento de la planificación hidrológica, aprobado por Decreto 380/2006, de 10 de octubre , fijan la consecución del buen estado de las aguas y la conservación de los ecosistemas vinculados al medio hídrico como dos de los objetivos de la planificación hidrológica.

Uno de los factores que debe contribuir al logro de dichos objetivos es disponer de un conocimiento exhaustivo de los posibles rebosamientos que se pudiesen producir en los sistemas de saneamiento. Por ello, el Programa de medidas del Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña para el periodo 2016 - 2021, aprobado por el Acuerdo GOV/1/2017, de 3 de enero, en consonancia con la normativa existente, prevé como medida encaminada a la reducción del impacto de las descargas de los sistemas unitarios, la cuantificación de los episodios de rebosamiento.

Por su parte, el artículo 4.1.h) del Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, dispone que corresponde a la Generalidad establecer auxilios económicos a favor de las corporaciones locales, las entidades y los particulares para la realización de los objetivos de la planificación hidrológica.

El artículo 79.b.3 del Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña para el periodo 2016 - 2021, aprobado por Decreto 1/2017, de 3 de enero, establece la participación en la financiación de los gastos de instalación de elementos de cuantificación y monitoreo de rebosamiento hasta un 50% a cargo de la Agencia Catalana del Agua.

Por estos motivos, se ha considerado necesario aprobar una línea de subvenciones destinada a concretar la contribución económica de la Agencia Catalana del Agua en la financiación de los elementos de cuantificación de rebosamiento en los sistemas públicos de saneamiento en baja. En la medida de las disponibilidades presupuestarias, existe la voluntad de destinar a esta línea de subvenciones un importe total de setecientos mil euros (700.000 €), distribuidos en cincuenta mil euros (50.000 €) para las anualidades de 2016 y 2017, doscientos mil euros (200.000 €) para la anualidad 2018, doscientos cincuenta mil euros (250.000 €) para la anualidad 2019 y doscientos mil euros (200.000 €) para la anualidad 2020.

El artículo 90 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre , somete la concesión de subvenciones a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.

Dado que el Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua, reunido en la sesión de 10 de mayo de 2017, ha acordado aprobar las bases de una línea de subvenciones destinada a los entes locales para la instalación de elementos de cuantificación de rebosamiento de los sistemas públicos de saneamiento en baja y delegar en la Dirección las facultades para hacer públicas las correspondientes convocatorias y para otorgar las subvenciones, y que este Acuerdo ha sido publicado mediante la Resolución TES/1146/2017, de 23 de mayo, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua por el que se aprueban las bases de las convocatorias de subvenciones destinadas a los entes locales para la instalación de elementos de cuantificación de rebosamiento de los sistemas públicos de saneamiento en baja, y la delegación en la Dirección de las facultades para la aprobación de las correspondientes convocatorias y para resolver el otorgamiento de las subvenciones.

Resuelvo:

-1 Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los entes locales para la instalación de elementos de cuantificación de rebosamiento de los sistemas públicos de saneamiento en baja correspondiente a las actuaciones llevadas a cabo durante el ejercicio 2016.

-2 Las subvenciones que prevé esta convocatoria se rigen por:

a) Las bases de las subvenciones destinadas a los entes locales para la instalación de elementos de cuantificación de rebosamiento de los sistemas públicos de saneamiento en baja, hechas públicas por la Resolución TES/1146/2017, de 23 de mayo, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua por el que se aprueban las bases de las convocatorias de subvenciones destinadas a los entes locales para la instalación de elementos de cuantificación de rebosamiento de los sistemas públicos de saneamiento en baja, y la delegación en la Dirección de las facultades para la aprobación de las correspondientes convocatorias y para resolver el otorgamiento de las subvenciones.

b) La normativa general de subvenciones.

-3 La dotación máxima de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de 50.000 euros con cargo al capítulo 7, Transferencias de capital, articulo 76 A, Entes y corporaciones locales, de los presupuestos de la Agencia Catalana del Agua para el año 2017.

-4 Las solicitudes de subvenciones y de otros trámites asociados al procedimiento de concesión, justificación, modificación y revocación de estas subvenciones se deben efectuar y enviar por medios telemáticos, de acuerdo con la base 3, hecha pública por Resolución TES/1146/2017, de 23 de mayo.

El formulario normalizado de solicitud se puede obtener en EACAT, en el servicio ACA - Subvención cuantificadores rebosamientos 2017.

-5 El periodo para presentar las solicitudes empieza el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y finaliza el 30 de septiembre de 2017, ambos inclusive.

-6 Los órganos competentes para la tramitación y la resolución del procedimiento y el plazo para su conclusión, así como el medio de notificación de la resolución y, si esta agota o no la vía administrativa, con indicación de los recursos y los órganos ante los cuales pueden interponerse, se especifican en la base 5 hecha pública por Resolución TES/1146/2017, de 23 de mayo.

-7 Contra esta resolución se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua, en un plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante el correspondiente juzgado contencioso administrativo en un plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de dicha notificación, de conformidad con los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

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