Subvenciones para el desarrollo por las entidades locales de Cantabria de programas de enseñanzas en el marco de educación para las personas adultas

 27/06/2017
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Extracto de la Orden ECD/83/2017, de 15 de junio, por la que se Convocan Subvenciones para el desarrollo por las entidades locales de Cantabria de programas de enseñanzas en el marco de educación para las personas adultas (BOCA de 26 de junio de 2017). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN ECD/83/2017, DE 15 DE JUNIO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO POR LAS ENTIDADES LOCALES DE CANTABRIA DE PROGRAMAS DE ENSEÑANZAS EN EL MARCO DE EDUCACIÓN PARA LAS PERSONAS ADULTAS.

BDNS (Identif.): 351641.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias.

Entidades locales de Cantabria de menos de 3.000 habitantes.

No podrán tener la condición de beneficiarias aquellas entidades locales incursas en algunos de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Segundo. Objeto.

Colaborar en el desarrollo de programas de enseñanzas en el marco de la educación para las personas adultas en la Comunidad Autónoma de Cantabria, que se realicen en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2017 y el 29 de junio de 2018.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ECD/105/2016, de 19 de agosto, por la que se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas de enseñanzas en el marco de la educación para las personas adultas en la Comunidad Autónoma, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria el 30 de agosto de 2016 (Boletín Oficial de Cantabria número 167) Cuarto. Cuantía.

El importe máximo a conceder en esta convocatoria, será de 50.000 euros, que se imputarán por importe de 20.000 euros para el año 2017 y 30.000 euros para el año 2018.

La cuantía individualizada de las subvenciones no podrá superar la cantidad de 3.000 euros por proyecto, con el límite del coste de la actividad.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del presente extracto.

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