Subvenciones destinadas a Entidades Locales, con población inferior a 20.000 habitantes, para financiar actuaciones de mejora de la calidad en las infraestructuras turísticas en destino

 27/06/2017
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Extracto de la Orden de 15 de junio de 2017, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se convocan subvenciones destinadas a Entidades Locales, con población inferior a 20.000 habitantes, para financiar actuaciones de mejora de la calidad en las infraestructuras turísticas en destino (BOCYL de 26 de junio de 2017). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN DE 15 DE JUNIO DE 2017, DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES, CON POBLACIÓN INFERIOR A 20.000 HABITANTES, PARA FINANCIAR ACTUACIONES DE MEJORA DE LA CALIDAD EN LAS INFRAESTRUCTURAS TURÍSTICAS EN DESTINO.

BDNS (Identif.): 352474

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es) y en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero.- Beneficiarios.

1. Los municipios y las entidades locales menores, así como las comarcas, mancomunidades y asociaciones de municipios, y demás entidades previstas en la legislación vigente en materia de régimen local con población inferior a 20.000 habitantes de acuerdo con la última actualización del padrón de habitantes.

2. Los miembros asociados del beneficiario, siempre que tengan la condición de públicos, que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del beneficiario tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.

Segundo.- Objeto.

Convocar, para los años 2017 y 2018, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a Entidades Locales con población inferior a 20.000 habitantes, para financiar actuaciones de mejora de la calidad en las infraestructuras turísticas en destino, con la finalidad de contribuir a la diversificación de la oferta turística, impulsar la puesta en valor de los recursos culturales y artísticos, y mejorar la calidad de los destinos turísticos de Castilla y León.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden CYT/366/2016, de 26 de abril, publicada en el “Boletín Oficial de Castilla y León” n.º 89, de 11 de mayo de 2016; Orden CYT/66/2017, de 6 de febrero publicada en el “Boletín Oficial de Castilla y León” n.º 32, de 16 de febrero de 2017.

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía total del crédito consignado es de 2.000.000 €. La cuantía de la subvención de cada beneficiario podrá alcanzar el 80% de la inversión aprobada por la Administración.

De la inversión presentada por los beneficiarios se determinará una inversión aprobada por la administración concedente, cuya cuantía se calculará detrayendo de la inversión presentada los gastos no subvencionables, teniendo en cuenta la existencia de un límite máximo de inversión aprobada de 60.000,00 € y será proporcional a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Sexto.- Pagos anticipados.

Se podrán realizar pagos anticipados del 40 % de las cantidades concedidas, previa solicitud de los beneficiarios, sin necesidad de garantía. En caso de concederse el anticipo, se realizarán dos libramientos de pago, el primero por el importe del anticipo, y el segundo, una vez se justifique la totalidad de la subvención concedida.

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