EXTRACTO DE LA ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, UNIVERSIDADES Y EMPRESA POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, A CORPORACIONES LOCALES DE LA REGIÓN DE MURCIA DESTINADAS A FINANCIAR ACTUACIONES E INVERSIONES PARA REACTIVACIÓN DE LOS CENTROS COMERCIALES ABIERTOS PARA LA ADECUACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS MUNICIPALES AL EJERCICIO DEL COMERCIO MINORISTA PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD.
BDNS (Identif.): 351362
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y artículos 14 y 17.2 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios
Conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Orden de Bases podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en la presente Orden las Corporaciones Locales de la Región de Murcia siempre que no concurran en algunas de las circunstancias enumeradas en el artículo 13. 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones, en los supuestos que les sean de aplicación.
Segundo. Objeto
La presente Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria del año 2017 para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Corporaciones Locales de la Región de Murcia, para la reactivación de los centros comerciales abiertos, mediante actuaciones e inversiones en mejora de los centros comerciales urbanos y las infraestructuras municipales para el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria en mercados en suelo público, regulado por Ley 3/2014, de 2 de julio , de Venta Ambulante o no Sedentaria de la Región de Murcia.
Tercero. Actuaciones subvencionables.
Las actuaciones por las que se solicite la subvención podrán adecuarse a una o a las dos de las establecidas en el artículo 2.1 de la Orden de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, de fecha 2 de junio de 2016 (BORM núm. 148, de 28 de junio de 2016), mediante la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a Corporaciones Locales de la Región de Murcia para financiar actuaciones e inversiones sobre entornos urbanos comerciales para la adecuación de infraestructuras municipales al comercio minorista para mejora de su competitividad, que incluyen cualquiera de las siguientes actuaciones:
Inversiones y actuaciones sobre entornos urbanos comerciales adecuando y mejorando los espacios y las infraestructuras municipales que hagan del mismo un lugar atractivo para el ejercicio de la venta (peatonalización de calles y plazas de gran afluencia comercial, señalación e identificación comercial, remodelación urbana, mejora del alumbrado, etc.).
Creación y adecuación de recintos apropiados para la celebración de la actividad comercial de venta ambulante o no sedentaria en suelo público, siendo dotados de las necesarias infraestructuras básicas en cuanto a energía eléctrica, agua, aparcamiento, limpieza y tratamiento de residuos.
No podrá ser objeto de subvención la adecuación de espacios e infraestructuras y la dotación y mejora de instalaciones y servicios que no tenga repercusión directa en la actividad y oferta comercial.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en la Orden de la Consejería de Desarrollo Económico , Turismo y Empleo, de 2 de junio de 2016 (BORM núm. 148, de 28 de junio de 2016), por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a Corporaciones Locales de la Región de Murcia para financiar actuaciones e inversiones sobre entornos urbanos comerciales para la adecuación de infraestructuras municipales al comercio minorista para mejora de su competitividad modificada por la Orden de la Consejería de Desarrollo Económico , Turismo y Empleo, de fecha 8 de marzo de 2017 (BORM núm. 69, de 24 de marzo de 2017).
Quinto. Cuantía de las ayudas.
1.- El crédito presupuestario disponible para atender a estas actuaciones será de 200.000,00 euros, con cargo a la siguiente partida presupuestaria: 16.04.00.622A.76799, Proyecto n.º 45151 “Presupuestos Participativos. Reactivación de los centros comerciales abiertos”, Subproyecto 045151170000.
2.- Podrán subvencionarse actuaciones a Corporaciones Locales, con el límite de la consignación presupuestaria que se establezca, en base a los criterios establecidos en la Orden de 2 de junio de 2016, de Bases Reguladoras de estas ayudas, y de acuerdo con el orden de prelación resultante una vez valoradas las actuaciones por la Comisión de Evaluación, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales establecidos en la referida Orden y demás normas legales de aplicación.
3.- La cuantía máxima a conceder por Proyecto y Ayuntamiento, será de 14.000,00 euros. Dicho importe englobará el importe de la inversión y su IVA correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, los posibles remanentes podrán ser aplicados, de forma proporcional al esfuerzo inversor, a los proyectos propuestos por la Comisión de Evaluación como subvencionables según su orden de prelación de mayor a menor puntuación.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Dicho plazo podrá ser reabierto conforme a lo establecido en el Artículo17.2.i) de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Región de Murcia, una vez que, resueltas todas las solicitudes recibidas, se constate la existencia de remanente de crédito disponible, en la partida presupuestaria y proyecto afectos a la Orden de convocatoria de las subvenciones.
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