EXTRACTO DE LA ORDEN 1352/2017 DE 26 ABRIL, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2017 LAS AYUDAS A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA REGIÓN PARA COLABORAR EN EL SOSTENIMIENTO DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y/O EDUCACIÓN ESPECIAL RADICADOS EN SU MUNICIPIO EN LOS QUE SE ESCOLARIZAN ALUMNOS CENSADOS EN OTROS MUNICIPIOS POR FALTA O INSUFICIENCIA DE OFERTA EDUCATIVA, O EN LOS QUE SE IMPARTE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
BDNS (Identif.): 347534
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web www.madrid.org
Primero
Beneficiarios
Ayuntamientos de la región para el sostenimiento de los colegios públicos de educación infantil, educación primaria y/o educación especial radicados en su municipio en los que escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativa, o en los que se imparte educación secundaria obligatoria.
Segundo
Objeto
Ayudas a los Ayuntamientos de la región que escolaricen en sus colegios públicos de educación infantil, primaria y/o especial alumnos censados en otros municipios, limítrofes o próximos, y de educación secundaria obligatoria.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 2344/2010, de 28 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la colaboración económica de la Comunidad de Madrid con los Ayuntamientos de la región para el sostenimiento de los colegios públicos de educación infantil, educación primaria y/o educación especial radicados en su municipio en los que escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativa, o en los que se imparte educación secundaria obligatoria (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de junio), en régimen de concurrencia, modificada por la Orden 1185/2016, de 15 de abril, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifican diversas bases reguladoras de subvenciones.
Cuarto
Cuantía
El importe máximo de las ayudas a conceder en el ejercicio 2017 asciende a 198.000 euros.
El módulo máximo anual por cada alumno, objeto de esta convocatoria, será de 150 euros y el módulo máximo por unidad, que haya sido preciso poner en funcionamiento, será de 1.500 euros.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes, a contar a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
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