Subvenciones dirigidas a Ayuntamientos destinadas a financiar las inversiones necesarias para la prestación de los servicios de competencia municipal

 11/05/2017
 Compartir: 

Extracto de la Orden 846/2017, de 18 de abril, del Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación de Territorio, por la que se convocan para el año 2017 las subvenciones dirigidas a Ayuntamientos destinadas a financiar las inversiones necesarias para la prestación de los servicios de competencia municipal (BOCAM de 10 de mayo de 2017). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN 846/2017, DE 18 DE ABRIL, DEL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DE TERRITORIO, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2017 LAS SUBVENCIONES DIRIGIDAS A AYUNTAMIENTOS DESTINADAS A FINANCIAR LAS INVERSIONES NECESARIAS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE COMPETENCIA MUNICIPAL.

BDNS (Identif.): 345253

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS.

Primero

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los municipios de la Comunidad de Madrid que a 1 de enero de 2016 tengan una población oficial inferior a 5.000 habitantes según la correspondiente certificación expedida por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y que no se encuentren incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo

Objeto

Financiar a los municipios de la Comunidad de Madrid los gastos de inversión que resulten necesarios para la gestión municipal que no hayan sido incluidos en la planificación plurianual de inversiones aprobada por la Comunidad de Madrid.

Tercero

Bases reguladoras

La presente convocatoria se regula por las bases reguladoras aprobadas por la Orden 1058/2016, de 10 de junio de 2016 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 152, de 28 de junio de 2016).

Cuarto

Cuantía

La cantidad máxima que se podrá conceder a cada municipio es de 49.000,00 euros.

La cuantía de las subvenciones convocadas asciende a 2.437.000,00 euros, consignados en el Subconcepto 76309 del Programa 942N de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2017.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Un mes desde el día siguiente a la publicación de este extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana