Época de Peligro Medio de incendios forestales

 19/04/2017
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Orden de 12 de abril de 2017 por la que se declara Época de Peligro Medio de incendios forestales, en todas las zonas de coordinación del Plan INFOEX en Extremadura (DOE de 18 de abril de 2017). Texto completo.

ORDEN DE 12 DE ABRIL DE 2017 POR LA QUE SE DECLARA ÉPOCA DE PELIGRO MEDIO DE INCENDIOS FORESTALES, EN TODAS LAS ZONAS DE COORDINACIÓN DEL PLAN INFOEX EN EXTREMADURA

El artículo 6.2 de la Ley 5/2004, de 24 de junio, de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura, faculta al titular de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio a determinar anualmente mediante orden, las fechas correspondientes de cada época de peligro de incendios forestales, estableciendo en el ámbito de las actuaciones del Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX), las medidas que podrán adoptarse en cada caso.

El Decreto 52/2010, de 5 de marzo , por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX), tiene por objeto establecer las medidas para la detección y extinción de los incendios forestales y la resolución de las situaciones que de ellos se deriven.

La vigencia del Plan INFOEX se extiende a todo el año, fijándose, en función del riesgo de inicio y propagación de incendios, las distintas épocas de peligro.

El artículo 4, apartado 1.c), establece que podrá declararse, dentro de la Época de Peligro Bajo, una época de Peligro Medio, si la reiteración de incendios forestales y las condiciones meteorológicas aconsejaran temporalmente el refuerzo en el despliegue de medios del Plan INFOEX.

En esta Época de Peligro Medio, la disponibilidad de todo el personal afectado será la misma que en la Época de Peligro Alto, y se podrán limitar o prohibir totalmente las quemas y otras actividades que supongan riesgo de incendios forestales.

En el momento actual, se están produciendo unas condiciones meteorológicas propias de la época estival, con una escasez de lluvias, temperaturas altas y humedad relativa más baja de lo normal. Asimismo, las previsiones meteorológicas marcan una situación anticiclónica que seguirá manteniendo unas condiciones de sequedad con riesgo para el inicio y propagación de los incendios forestales.

Por todo ello, y en virtud de la competencia que en materia de incendios forestales tiene atribuida la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 16/2015, de 6 de julio , dispongo:

Artículo único. Declaración de Época de Peligro Medio.

Se declara Época de Peligro Medio de Incendios Forestales en todas las Zonas de Coordinación del Plan INFOEX en Extremadura, con prohibición total de las quemas y de cualquier actividad que suponga riesgo de incendio forestal.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día de su publicación en el “Diario Oficial de Extremadura”.

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