Subvenciones del programa de formación profesional específica con compromiso de contratación

 12/04/2017
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Orden EMP/273/2017, de 5 de abril, por la que se modifica la Orden EYE/590/2014, de 1 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del programa de formación profesional específica con compromiso de contratación (BOCYL de 11 de abril de 2017). Texto completo.

ORDEN EMP/273/2017, DE 5 DE ABRIL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EYE/590/2014, DE 1 DE JULIO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL ESPECÍFICA CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN.

La Orden EYE/590/2014, de 1 de julio, establece las bases reguladoras por las que deben regirse las subvenciones del programa de formación profesional específica con compromiso de contratación, modificada por la Orden EMP/819/2015, de 29 de septiembre y por la Orden EMP/923/2016, de 2 de noviembre.

Como consecuencia de la modificación de las bases reguladoras del presente programa en la que se establecía como forma de justificación la presentación de la cuenta justificativa con aportación de informe auditor, es necesario añadir una nueva letra d) al artículo 20.1, referida a la factura emitida por el auditor de cuentas y que formará parte de la cuenta justificativa.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre , de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 10/2003, de 8 de abril , de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León y por la Ley 3/2001, de 3 de julio , del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único. Modificar la Orden EYE/590/2014, de 1 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del programa de formación profesional específica con compromiso de contratación, en la forma que se indica en el siguiente apartado:

Uno. En el apartado 1 del artículo 20 de la citada Orden, relativo a la “Forma de justificación”, se añade la letra d):

“d) La factura ajustada a la normativa vigente, de los gastos derivados de la auditoría de la documentación justificativa de los gastos realizados y de la elaboración del informe auditor, así como la documentación acreditativa del pago.

El informe técnico elaborado por el órgano gestor, Servicio de Programas Autonómicos de Formación e Inserción Profesional, se pronunciará sobre el cumplimiento por la factura de las exigencias previstas en la normativa aplicable al efecto.”

Disposición Adicional. Efectos.

La presente modificación será de aplicación a las subvenciones concedidas al amparo de la Resolución de 20 de diciembre de 2016, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León por la que se convocan subvenciones del Programa de formación profesional específica con compromiso de contratación para los años 2016-17, que estén pendientes de justificar antes de su entrada en vigor.

Disposición Final. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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