EXTRACTO DE LA ORDEN DE 28 DE MARZO DE 2017 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2017, DESTINADAS A MUNICIPIOS Y MANCOMUNIDADES PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE PREVENCIÓN DE CONDUCTAS ADICTIVAS. (MODALIDAD A).
BDNS(Identif.):340449
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap. gob.es/bdnstrans/index) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Podrán solicitar la subvención los municipios y las mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura salvo la capital autonómica y las provinciales cuando se les haya otorgado una subvención en el marco del Plan Nacional Sobre Drogas por el Estado. No podrán ser beneficiarios los municipios integrados en una mancomunidad que haya solicitado la subvención.
Segundo. Objeto.
La subvención tiene por objeto la financiación de programas en el área de prevención de conductas adictivas, dentro de los objetivos enunciados por el vigente Plan Integral de Drogodependencias y otras Conductas Adictivas de Extremadura (PIDCA).
En el caso de la modalidad A.: Contratación de personal técnico de prevención de conductas adictivas para el desarrollo de un programa de Prevención de Conductas Adictivas en su correspondiente ámbito geográfico y con los contenidos que se especifican a continuación:
- Campañas de sensibilización, información o formación dirigidas a cualquier grupo de población, bien sea a la población en general o a la escolarizada, adultos, padres, profesionales, voluntarios, mediadores, u otros.
- Elaboración y edición de materiales.
- Cualquier otra campaña, actividad o programa cuyos objetivos incidan en la prevención de conductas adictivas.
El personal técnico contratado tendrá titulación universitaria en el área sociosanitaria o educativa.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se regulará por las disposiciones contenidas en los Capítulos I y III del decreto 72/2016, de 31 de mayo por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeño de Salud (DOE n.º 107, de 6 de junio de 2016).
Cuarto. Cuantía para la anualidad 2017.
Las subvenciones a otorgar tendrán como límite las cantidades que figuran en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2017. Las subvenciones de la modalidad A tienen una dotación de 26.000€ con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.460 y al código de proyecto de gasto 200639010003 y de 53.501 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.461 y al código de proyecto de gasto 200639010003.
La cuantía de la subvención, en función de la puntuación obtenida, será distribuida de la siguiente forma:
Puntos 35 Porcentaje aplicado a la cantidad solicitada 70,00 %.
Puntos 20 a 34 Porcentaje aplicado a la cantidad solicitada 65,00 %.
Puntos 6 a 19 Porcentaje aplicado a la cantidad solicitada 60,00 %.
Puntos 1 a 5 Porcentaje aplicado a la cantidad solicitada 40,00 %.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la orden y del extracto.
Las solicitudes y la documentación exigida se harán conforme a lo establecido en artículo 4 de la orden de convocatoria.
Sexto. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la convocatoria.
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