Subvenciones en materia de inmigración, para la realización de proyectos integrales, dirigidas a entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de inmigrantes

 04/04/2017
 Compartir: 

Extracto de la Orden de 21 de marzo de 2017, de la Consejería de la Presidencia, por la que se convocan subvenciones en materia de inmigración, para la realización de proyectos integrales, dirigidas a entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de inmigrantes para el año 2017 (BOCYL de 3 de abril de 2017). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN DE 21 DE MARZO DE 2017, DE LA CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES EN MATERIA DE INMIGRACIÓN, PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS INTEGRALES, DIRIGIDAS A ENTIDADES LOCALES, ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y ASOCIACIONES DE INMIGRANTES PARA EL AÑO 2017.

BDNS (Identif.): 340098

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es) y en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades locales, las entidades sin ánimo de lucro que contemplen entre sus fines la atención o integración de la población inmigrante y las asociaciones de inmigrantes asentadas en Castilla y León, de acuerdo con las características que se señalan en esta orden y en las que concurran las circunstancias que fundamenten la concesión de la subvención de acuerdo con esta convocatoria y sus bases reguladoras.

Segundo.- Objeto.

Desarrollo de proyectos integrales destinados a facilitar la integración de la población inmigrante en Castilla y León.

Tercero.- Bases Reguladoras.

Orden PRE/1105/2015, de 17 de diciembre, publicada en el “B.O.C y L.” de 18 de diciembre de 2015. Modificada por Orden PRE/108/2017, de 23 de febrero.

Cuarto.- Cuantía.

La concesión de las subvenciones se hará con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

a) Aplicación presupuestaria 01.03.231B08.4802V.00 del presupuesto de gastos de la Comunidad de Castilla y León para el ejercicio 2017, con un importe de doscientos trece mil euros (213.000 €).

b) Aplicación presupuestaria 01.03.231B08.46069.00 del presupuesto de gastos de la Comunidad de Castilla y León para el ejercicio 2017, con un importe de cincuenta mil euros (50.000 €).

Teniendo en cuenta aquellas provincias en las que en la fecha indicada en la convocatoria existen centros integrales de inmigración reconocidos, la distribución del crédito disponible efectuada en función de la población inmigrante y del número de centros integrales de inmigración existente en cada provincia de Castilla y León resulta ser la siguiente:

a) Entidades locales:

- Provincia de León: 25.000 euros.

- Provincia de Valladolid: 25.000 euros.

b) Entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de inmigrantes:

- Provincia de Burgos: 60.000 euros.

- Provincia de León: 20.000 euros.

- Provincia de Palencia: 6.000 euros.

- Provincia de Salamanca: 15.000 euros.

- Provincia de Segovia: 18.000 euros.

- Provincia de Valladolid: 87.000 euros.

- Provincia de Zamora: 7.000 euros.

El importe de cada subvención vendrá determinado por los siguientes criterios:

a) No podrá ser superior al importe establecido para la provincia a la que corresponda el beneficiario.

b) No podrá exceder en ningún caso de 25.000 euros.

Quinto.- Plazo de presentación.

El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana