Procedimiento de concesión de asistencia a municipios aragoneses para la elaboración y financiación de Planes Generales Simplificados

 29/03/2017
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Extracto de la Orden VMV/130/2017, de 1 de febrero, por la que se convoca el procedimiento de concesión de asistencia a municipios aragoneses para la elaboración y financiación de Planes Generales Simplificados (BOA de 28 de marzo de 2017). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN VMV/130/2017, DE 1 DE FEBRERO, POR LA QUE SE CONVOCA EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS ARAGONESES PARA LA ELABORACIÓN Y FINANCIACIÓN DE PLANES GENERALES SIMPLIFICADOS.

BDNS (Identif.): 338253

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarios de la actuación a que se refiere esta convocatoria los municipios aragoneses, definidos según la Ley 7/1999, de 9 de abril , de Administración Local de Aragón que cumplan los siguientes requisitos:

a) Carecer de Plan General de Ordenación Urbana o Plan General Simplificado aprobado definitivamente.

b) No contar con los medios necesarios para elaborar un Plan General Simplificado.

c) Tener una población inferior a dos mil habitantes, según los datos del último padrón.

2. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos municipios que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que sean de aplicación a los mismos.

Segundo.- Objeto:

Se convoca el procedimiento de concesión de asistencia a municipios aragoneses para la elaboración y financiación, por el Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, de Planes Generales Simplificados.

Tercero.- Bases reguladoras:

Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 116, de 17 de junio de 2016).

Cuarto.- Cuantía:

La cuantía total máxima estimada para esta convocatoria es de 300.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria G/4321/609000/91002 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón y correspondiente al acuerdo marco del que trae causa esta convocatoria, distribuida en las siguientes anualidades: 100.000 euros para el ejercicio 2017, 100.000 euros para el ejercicio 2018 y 100.000 euros para el ejercicio 2019.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la orden de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

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