RESOLUCIÓN DE 9 DE MARZO DE 2017, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA COFINANCIACIÓN DE LOS GASTOS DE MANTENIMIENTO DE ESCUELAS INFANTILES DE PRIMER CICLO Y CENTROS DOCENTES DE PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL DE LA RIOJA, PARA EL CURSO 2016/2017 (EXTRACTO)
BDNS: 334913
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
Primero.- Beneficiarios: Corporaciones Locales y entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto social sea únicamente prestar el servicio educativo en la Educación Infantil de primer ciclo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Segundo.- Objeto: subvenciones para cofinanciar los gastos de mantenimiento de Escuelas Infantiles de primer ciclo y Centros Docentes de Educación Infantil de Primer ciclo de La Rioja, para el curso 2016/2017
Tercero.- Bases reguladoras: Orden 17/2012, de 16 de noviembre (BOR del 21), de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro, para la cofinanciación de los gastos de mantenimiento de escuelas infantiles y centros docentes de primer ciclo de educación infantil de La Rioja, en régimen de concurrencia competitiva.
Cuarto.- Cuantía total de las subvenciones: 836.000,00 euros.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: un mes desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto.- Otros datos de interés:
- Solicitudes: de forma electrónica a través del acceso en el Portal del ciudadano www.larioja.org, dentro del apartado Oficina Electrónica (http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=19567).
- Documentación: la prevista en la base séptima de la convocatoria.
- Criterios de valoración: los previstos en la base octava de la convocatoria.
- Forma de pago: conforme a lo establecido en la base undécima de la convocatoria.
- Justificación: conforme a lo establecido en la base undécima de la convocatoria.
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