Subvenciones a Entidades Locales en materia de consumo para el ejercicio 2017

 13/03/2017
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Resolución de 28 de febrero de 2017, de la Consejería de Salud, por la que se convocan subvenciones a Entidades Locales en materia de consumo para el ejercicio 2017 (extracto) (BOR de 10 de marzo de 2017) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 28 DE FEBRERO DE 2017, DE LA CONSEJERÍA DE SALUD, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES EN MATERIA DE CONSUMO PARA EL EJERCICIO 2017 (EXTRACTO)

BDNS: 334568

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Beneficiarios: Entidades locales de La Rioja tales como municipios, mancomunidades de municipios cuyos estatutos contemplen entre sus fines la prestación de servicios consumo y entidades locales menores de ámbito autonómico.

Segundo. Objeto: Consolidar una red básica de protección al consumidor mediante la concesión de ayudas para los gastos corrientes en bienes y servicios y de capital, de los servicios locales de consumo dependientes de las Corporaciones Locales.

Tercero. Bases reguladoras: Orden 7/2008, de 21 de julio, de la Consejería de Salud, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo a Entidades Locales. (BOR n.º 99, de 26 de julio de 2008).

Cuarto. Cuantía: Para atender a las obligaciones derivadas de la presente convocatoria, se asignan las siguientes cuantías a las partidas presupuestarias que se indican:

06.03.3132.761.00: 3.561, 84 euros.

06.03.3132.762.00: 460,75 euros.

06.03.3132.461.00: 44.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Veinte días desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés:

Convocatoria: El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la sede electrónica del Gobierno de la Rioja www.larioja.org, en el apartado Oficina electrónica, en el área temática de consumo. o en la página web (www.riojasalud.es), Salud Pública y Consumo, apartado Trámites y Procedimientos de Consumo.

Solicitudes: Los impresos de solicitud podrán obtenerse en la sede electrónica del Gobierno de la Rioja www.larioja.org, en el apartado Oficina electrónica, en el área temática de consumo. o en la página web (www.riojasalud.es), Salud Pública y Consumo, apartado Trámites y Procedimientos de Consumo.

Documentación: Junto con la solicitud los interesados deberán presentar la documentación explicitada en el artículo 6 de las bases reguladoras.

Criterios de concesión: Los previstos en el artículo 11 de las bases reguladoras.

Forma de pago: Según lo previsto en el artículo 19 de las bases reguladoras.

Plazo de justificación: Conforme a lo previsto en el artículo 17 de las bases reguladoras.

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