Licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado comercial de ámbito local en Andalucía

 06/03/2017
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Acuerdo de 1 de marzo de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se amplía el plazo de resolución del concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado comercial de ámbito local en Andalucía (BOJA de 3 de marzo de 2017). Texto completo.

ACUERDO DE 1 DE MARZO DE 2017, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE RESOLUCIÓN DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA ADJUDICACIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA, DE LICENCIAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL TELEVISIVO PRIVADO COMERCIAL DE ÁMBITO LOCAL EN ANDALUCÍA.

Por Acuerdo de 2 de agosto de 2016, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 152, de 9 de agosto, el Consejo de Gobierno convocó el concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial de ámbito local en Andalucía y se aprueba el Pliego de Bases que ha de regir el mismo.

El apartado 4 de la Base 4.ª del Pliego de Bases establece que, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, el concurso ha de resolverse en el plazo máximo de seis meses, debiendo tenerse en cuenta que el apartado 1 de la citada Base determina que el plazo de presentación de solicitudes finalizaba transcurridos 45 días naturales desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno, lo que tuvo lugar el 23 de septiembre de 2016.

Concluido el análisis del contenido del sobre de documentación administrativa de las personas y entidades presentadas al concurso y como señala el apartado 2 de la Base 9.ª del Pliego, se procedió a requerir a un total de 39 licitadores la subsanación de los defectos advertidos, acordándose por la Mesa de Valoración la suspensión del plazo de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 42.5.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, desde la fecha del envío de las notificaciones de los requerimientos el día 5 de diciembre de 2016 hasta el 29 de diciembre de 2016, fecha de entrada en el Registro de la última documentación requerida.

A la vista de la Memoria del Director General de Comunicación Social , en calidad de Presidente de la Mesa de Valoración, se constata la motivación que justifica la necesidad de acudir a la ampliación del plazo de resolución del concurso, excepcionalidad prevista en el artículo 42.6 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de la Presidencia y Administración Local, de acuerdo con lo previsto en el apartado 6 del artículo 21 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de conformidad con lo establecido en el apartado 6 del artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 1 de marzo de 2017, adopta el siguiente

ACUERDO

Ampliar en seis meses el plazo de resolución del concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial de ámbito local en Andalucía, convocado mediante Acuerdo de 2 de agosto de 2016, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 152, de 9 de agosto.

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