RESOLUCIÓN DE 30 DE ENERO DE 2017, DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y POLÍTICA TERRITORIAL, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL EJERCICIO 2017 LAS AYUDAS A LAS ENTIDADES LOCALES DE LA RIOJA PARA EL PAGO DE INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO A LOS MIEMBROS DE LAS MISMAS Y GASTOS DE REPRESENTACIÓN (EXTRACTO)
BDNS: 333247
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
Primero.- Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas, los municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de La Rioja cuya población de derecho no supere los 1.000 habitantes, con arreglo a las cifras oficiales del último censo del Instituto Nacional de Estadística.
Segundo.- Objeto:
El objeto de las ayudas es financiar los gastos corrientes que realicen las corporaciones locales en concepto de indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de las mismas y gastos de representación.
Tercero.- Bases reguladoras:
Orden 8/2014, de 19 de noviembre, de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a percibir por las entidades locales de La Rioja para el pago de indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de las mismas y gastos de representación (publicada en el Boletín Oficial de La Rioja, de 21 de noviembre de 2014).
Cuarto.- Cuantía:
El importe total de la convocatoria para el ejercicio 2017 será de 203.200 euros, imputándose con cargo a las partidas presupuestarias 0905.9311.461.05, por importe de 200.400 €, y 0905.9311.463.04, por importe de 2.800 €, correspondientes al presupuesto de gastos para 2017 de la Dirección General de Política Local, dentro de la Consejería de Fomento y Política Territorial.
La cuantía de la ayuda a percibir por las entidades locales beneficiarias se determinará de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de las bases reguladoras.
Quinto.- Plazo de presentación de las solicitudes:
El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas será desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja del extracto de la convocatoria hasta el día 31 de marzo de 2017.
Sexto.- Otros datos de interés:
Convocatoria: El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja. (http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=10169)
Solicitudes: Las solicitudes de las ayudas se cumplimentarán con arreglo al modelo definido en la página web del Gobierno de La Rioja, (www.larioja.org/ayuntamientos), y se presentarán de forma telemática.
Procedimiento de concesión: Se tramitará en régimen de concesión directa, de acuerdo con el artículo 6 de la Orden 8/2014, de 19 de noviembre, de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a percibir por las entidades locales de La Rioja para el pago de indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de las mismas y gastos de representación.
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