Subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja

 02/03/2017
 Compartir: 

Orden 1/2017, de 23 de febrero, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se modifica la Orden 14/2014, de 2 de octubre, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR de 1 de marzo de 2017) Texto completo.

ORDEN 1/2017, DE 23 DE FEBRERO, DE LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 14/2014, DE 2 DE OCTUBRE, DE LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS LÍNEAS DE SUBVENCIONES DE CONCESIÓN DIRECTA EN EL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Texto consolidado

La Consejería de Educación, Formación y Empleo está trabajando en las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas colaboradoras en proyectos de Formación Profesional Dual en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Las bases han previsto una subvención en dos partes: una parte directa, para todas las empresas participantes, y otra en concurrencia competitiva, para premiar criterios de calidad destinadas a compensar el mayor esfuerzo o dedicación de estas empresas en mejorar la formación o la inserción laboral de los alumnos.

La Consejería de Desarrollo Económico ha remitido una iniciativa de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, para incluir entre las subvenciones de concesión directa las comprendidas en el Plan para la competitividad del comercio minorista.

El Decreto 14/2006, de 16 de febrero , regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece en su artículo 28.quater.1 que las líneas para la concesión directa de subvenciones deberán estar regulados en una Orden de la Consejería con competencias en materia de Hacienda. En cumplimiento de dicho precepto, se dictó la Orden 14/2014, de 2 de octubre, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. La creación de cualquier subvención de concesión directa requiere incluir con carácter previo esa línea de ayudas entre las contempladas en la citada Orden.

Tomando en consideración todo lo anteriormente expuesto, y en virtud del artículo 8.uno.2 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio y de conformidad con el Decreto 23/2015, de 21 de julio , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Pública y Hacienda y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, una vez emitidos los informes preceptivos, apruebo la siguiente

ORDEN

Artículo único. Modificación del anexo de la Orden 14/2014, de 2 de octubre, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Se modifica el anexo de la Orden 14/2014, de 2 de octubre, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, al que se añaden las nuevas líneas de subvenciones previstas en el anexo I a esta Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Anexo I. Líneas de nueva creación.

Omitido.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana