Sistema único de pago electrónico de uso común de los recursos económicos

 02/03/2017
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Resolución de 22/02/2017, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, mediante la que se modifica el anexo I de la Orden de 02/04/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema único de pago electrónico de uso común de los recursos económicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (DOCM de 1 de marzo de 2017) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 22/02/2017, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Y ORDENACIÓN DEL JUEGO, MEDIANTE LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO I DE LA ORDEN DE 02/04/2012, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, POR LA QUE SE REGULA EL SISTEMA ÚNICO DE PAGO ELECTRÓNICO DE USO COMÚN DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

La Orden de 16/02/2017 de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se aprueban los modelos de resguardo de constitución de depósitos y garantías en la Caja General de Depósitos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y se establece el procedimiento para su constitución, recoge en su artículo 4 la posibilidad de que la constitución de depósitos y garantías en metálico pueda realizarse mediante pago electrónico y presentación telemática, ajustándose a la regulación de la presentación y pago de las autoliquidaciones tributarias.

La regulación del pago electrónico está contenida en la Orden de 02/04/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema único de pago electrónico de uso común de los recursos económicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Esta norma recoge en su anexo I la relación de documentos de pago respecto a los que es posible la utilización del sistema único de pago electrónico de esta Administración, entre los que no se incluye el contenido en la orden recién aprobada.

Tras la aprobación de la Orden de 16/02/2017 se hace precisa la modificación de este anexo para incluir el modelo 801 entre los que pueden ser objeto de pago electrónico por parte de los ciudadanos.

La disposición final primera de la Orden de 02/04/2012 faculta a la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego para dictar las normas necesarias para el desarrollo de la misma, así como para la modificación de los anexos incluidos en ella.

Por todo ello, de conformidad con las competencias reconocidas en el artículo 7 del Decreto 82/2015, de 14/07/2015, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.

Dispongo:

Primero. Modificar el anexo I de la Orden de 02/04/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema único de pago electrónico de uso común de los recursos económicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha referente a los “Modelos de documentos que pueden ser objeto de pago electrónico”, sustituyéndolo por el que se recoge a continuación.

Tabla omitida.

Segundo. La presente resolución será de aplicación a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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