“Premios a los Mejores Planes de Lectura de Centro”

 15/02/2017
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Orden EDU/55/2017, de 2 de febrero, por la que se modifica la Orden EDU/388/2016, de 6 de mayo, por la que se regulan los “Premios a los Mejores Planes de Lectura de Centro” (BOCYL de 14 de febrero de 2017). Texto completo.

ORDEN EDU/55/2017, DE 2 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EDU/388/2016, DE 6 DE MAYO, POR LA QUE SE REGULAN LOS “PREMIOS A LOS MEJORES PLANES DE LECTURA DE CENTRO”.

Mediante Orden EDU/388/2016, de 6 de mayo, se regulan los “Premios a los Mejores Planes de Lectura de Centro”.

La necesidad de adecuar la citada orden a la realidad práctica hace preciso concretar el ciclo en el que dentro de la enseñanza de educación infantil se ejecutan los planes de lectura de los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León.

Asimismo, los planes de lectura de centro deben ser planes globales, evitando compartimentos estancos entre las distintas etapas educativas, por lo que es preciso que los planes de lectura de aquellos centros en los que se imparten enseñanzas de distintas etapas educativas deban valorarse en su conjunto.

Todo lo anteriormente indicado exige la adecuación de la citada orden mediante su correspondiente modificación.

En su virtud y en atención a las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio , del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden EDU/388/2016, de 6 de mayo, por la que se regulan los “Premios a los Mejores Planes de Lectura de Centro”.

La Orden EDU/388/2016, de 6 de mayo, por la que se regulan los “Premios a los Mejores Planes de Lectura de Centro”, se modifica en los siguientes términos:

Uno. El párrafo a) del artículo 2 queda redactado del siguiente modo:

“a) Los centros sostenidos con fondos públicos de Castilla y León que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, primaria y secundaria.”

Dos. El apartado 1 del artículo 3 queda redactado del siguiente modo:

“1. Los Premios a los Mejores Planes de Lectura de Centro se clasifican en las siguientes modalidades:

a) Modalidad A: Centros docentes que impartan enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial y centros rurales de innovación educativa.

b) Modalidad B: Centros docentes que impartan enseñanzas de educación primaria y secundaria, educación secundaria, formación profesional, educación de adultos y enseñanzas de régimen especial.”

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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