Modificación de la Resolución de 11 de julio de 2014

 05/01/2017
 Compartir: 

Resolución de 3 de enero de 2017, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 11 de julio de 2014, en la que se recogen las instrucciones para la formalización del documento único administrativo (DUA) (BOE de 5 de enero de 2017). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 3 DE ENERO DE 2017, DEL DEPARTAMENTO DE ADUANAS E IMPUESTOS ESPECIALES DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, POR LA QUE SE MODIFICA LA DE 11 DE JULIO DE 2014, EN LA QUE SE RECOGEN LAS INSTRUCCIONES PARA LA FORMALIZACIÓN DEL DOCUMENTO ÚNICO ADMINISTRATIVO (DUA)

La aplicación del Régimen Especial de Abastecimiento de Canarias (REA) venía utilizando para la identificación de la mercancía en las declaraciones presentadas en el marco de la VEXCAN la nomenclatura de los productos agrarios a efectos de la restitución a la exportación aprobada por el Reglamento (UE) n.º 1366/2014 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2014, por el que se publica la versión de 2015 de la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones por exportación establecida en el Reglamento (CEE) n.º 3846/87. La vigencia de este Reglamento fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2016 por el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2296 de la Comisión, de 9 de diciembre de 2015, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1366/2014, por el que se publica la versión de 2015 de la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones por exportación establecida en el Reglamento (CEE) no 3846/87. No habiendo sido prorrogado para el año 2017 el Reglamento citado en primer lugar, la codificación aplicable a los efectos indicados será la del mencionado Reglamento sustituyendo el primer dígito del código de restituciones por la letra “T”, sin que ello, por tanto, suponga modificación de los productos que puedan beneficiarse del indicado Régimen, los cuales están regulados por su propia normativa.

Por todo lo anterior, y en base a lo previsto en el artículo 7.1.c) de la Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre, por la que se establecen los departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias, dispongo:

Primero. Modificación de la Resolución de 11 de julio de 2014, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la que se recogen las instrucciones para la formalización del documento único administrativo (DUA).

El anexo de la Resolución de 11 de julio de 2014, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la que se recogen las instrucciones para la formalización del documento único administrativo (DUA), modificado por la Resolución de 14 de enero de 2016, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, queda modificado añadiendo un nuevo anexo XVII con los códigos de nomenclatura a efectos del Régimen Especial de Abastecimiento de Canarias REA, que se incluye como anexo de esta Resolución.

Segundo. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

ANEXO OMITIDO

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana