Comisión de secretarías autonómicas y subsecretarías, respecto a su composición

 18/11/2016
 Compartir: 

Decreto 166/2016, de 11 de noviembre, del Consell, de modificación del Decreto 197/2004, que regula la comisión de secretarías autonómicas y subsecretarías, respecto a su composición (DOCV de 17 de noviembre de 2016). Texto completo.

DECRETO 166/2016, DE 11 DE NOVIEMBRE, DEL CONSELL, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 197/2004, QUE REGULA LA COMISIÓN DE SECRETARÍAS AUTONÓMICAS Y SUBSECRETARÍAS, RESPECTO A SU COMPOSICIÓN.

PREÁMBULO

El Decreto 197/2004, de 1 de octubre, del Consell, viene regulando la composición y el funcionamiento de la comisión integrada por las personas titulares de las secretarías autonómicas y subsecretarías de la Generalitat.

El Decreto 161/2016, de 28 de octubre, del Consell, modificó la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las conselleries de la Generalitat, lo que hace necesario adecuar la composición de la comisión integrada por las personas titulares de las secretarías autonómicas y subsecretarías de la Administración de la Generalitat.

En consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 64 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta del president de la Generalitat, y previa deliberación del Consell, en la reunión de 11 de noviembre de 2016, DECRETO

Artículo único Adecuación de la composición de la comisión.

Se modifica el artículo 2 del Decreto 197/2004, de 1 de octubre, del Consell, que regula la comisión de las personas titulares de las secretarías autonómicas y subsecretarías, que queda redactado en los términos siguientes:

“Artículo 2. Composición de la comisión La comisión está compuesta por:

1) La persona integrante del Consell que ejerza la secretaría de este, que presidirá la comisión;

2) Las personas titulares de las secretarías autonómicas y de las subsecretarías de la Presidència y de las conselleries;

3) La persona titular del Gabinete del President;

4) La persona titular de la Secretaría Autonómica de la Presidència desempeñará la Vicepresidencia de la Comisión;

5) La persona titular del centro directivo con competencias en materia de relaciones con les Corts ejercerá la Secretaría de la Comisión.

Será asistido en esta función por la Oficina del Secretariat del Consell.”

DISPOSICIÓN FINAL Única. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  5. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  6. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  10. INAP: Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana