subvenciones para el desarrollo de acciones de mejora de la empleabilidad, en colaboración con el Servicio Cántabro de Empleo

 31/10/2016
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Extracto de la Orden HAC/51/2016, de 20 de octubre de 2016, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 de subvenciones para el desarrollo de acciones de mejora de la empleabilidad, en colaboración con el Servicio Cántabro de Empleo. BDNS (Identif.): 320117 (BOCA de 28 de octubre de 2016). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN HAC/51/2016, DE 20 DE OCTUBRE DE 2016, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2016 DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES DE MEJORA DE LA EMPLEABILIDAD, EN COLABORACIÓN CON EL SERVICIO CÁNTABRO DE EMPLEO. BDNS (IDENTIF.): 320117.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a. de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

a) Los municipios y las entidades locales supramunicipales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como sus entidades dependientes o vinculadas.

b) Las entidades sin ánimo de lucro.

Segundo. Objeto.

Subvencionar la realización de acciones de mejora de la empleabilidad a través de entidades colaboradoras del Servicio Cántabro de Empleo.

Tercero. Bases reguladoras.

Las bases reguladoras a cuyo amparo se convocan estas subvenciones han sido aprobadas mediante Orden HAC/43/2016, de 20 de septiembre de 2016 (Boletín Oficial de Cantabria número 189, de 30 de septiembre de 2016).

Cuarto. Cuantía.

El importe de la convocatoria asciende a 2.300.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Sexto. Otros datos.

Las solicitudes deberán presentarse en modelo oficial, debidamente selladas y firmadas por el representante legal de la entidad, acompañadas de la documentación (por duplicado) establecida en el artículo 10.2 de la Orden HAC/51/2016, de 20 de octubre de 2016.

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