Subvenciones para corporaciones locales y entidades privadas sin ánimo lucro desarrollan la educación personas adultas

 20/10/2016
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Extracto de la Resolución 13 de octubre 2016, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones para corporaciones locales y entidades privadas sin ánimo lucro desarrollan la educación personas adultas en Comunidad Valenciana ejercicio 2016 (DOCV de 19 de octubre de 2016). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN 13 DE OCTUBRE 2016, DE LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA CORPORACIONES LOCALES Y ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO LUCRO DESARROLLAN LA EDUCACIÓN PERSONAS ADULTAS EN COMUNIDAD VALENCIANA EJERCICIO 2016.

BDNS(Identif.):320022

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Primero. Beneficiarios

1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 6 de la orden de bases, podrán solicitar estas subvenciones las entidades señaladas a continuación:

a) Corporaciones locales que sean titulares de centros docentes de educación básica de personas adultas, debidamente autorizados por la Generalitat.

b) Corporaciones locales que cuenten en su municipio con un centro público de educación de personas adultas de titularidad de la Generalitat y aporten a este personal o recursos económicos.

c) Entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan la consideración de entidades vinculadas al Centro Específico de Educación a Distancia, según la Resolución del director general de Política Educativa de 2 de febrero de 2016 por la que se autoriza la renovación de las entidades vinculadas al Centro Específico de Educación a Distancia, para el curso escolar 2015-2016.

d) Entidades privadas sin ánimo de lucro titulares de centros docentes de educación de personas adultas debidamente autorizados por la Generalitat.

2. Las entidades solicitantes de la subvención deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 6.2 de la orden de bases.

Segundo Objeto y condiciones de la subvención

1. Convocar, para el ejercicio 2016, las subvenciones para las corporaciones locales y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollan la educación de personas adultas en la Comunitat Valenciana, reguladas en la Orden 39/2016, de 27 de julio, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para las corporaciones locales y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollan la educación de personas adultas en la Comunitat Valenciana, publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 7841, de 1 de agosto de 2016 (en adelante, orden de bases).

2. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia y prorrateo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercero. Bases reguladoras

Orden 39/2016, de 27 de julio, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para las corporaciones locales y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollan la educación de personas adultas en la Comunitat Valenciana, publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 7841, de 1 de agosto de 2016.

Cuarto. Financiación

1. El importe global máximo que podrá asignarse en concepto de estas subvenciones para esta convocatoria será de 2.314.350,00 €. El pago se realizará con cargo a la línea de subvención S0063000, capítulo IV, de la sección, servicio, centro gestor y programa 09.02.01.422.20 Enseñanza Primaria, prevista en la actual Ley de presupuestos de la Generalitat.

2. El citado importe podrá ser incrementado como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito que no requerirá de una nueva convocatoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 58, apartado 2, letra a), punto cuarto, del Reglamento de la Ley General de Subvenciones . Asimismo, el referido importe podrá ser minorado cuando, en el marco de las políticas de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, se adopten medidas de no disponibilidad que afecten a los créditos de la línea de subvención que lo financia.

Quinto. Forma y plazo de presentación de las solicitudes de subvención

1. Las solicitudes de subvención las formalizará el titular de la corporación local o entidad privada sin ánimo de lucro, de acuerdo con el modelo que se acompaña como anexo I de la presente convocatoria, y deberán ir dirigidas a la dirección territorial de Educación, Investigación, Cultura y Deporte correspondiente. Estos modelos de solicitud estarán a disposición de los interesados en la página web:

http://www.ceice.gva.es/ca/web/centros-docentes/ayudas/ subvenciones/educacion-personas-adultas

2. Las instancias, junto con los anexos y la documentación que debe acompañar a la solicitud, se presentarán, preferentemente, en las direcciones territoriales de Educación, Investigación, Cultura y Deporte correspondientes, a través de cualquiera de los medios establecidos en la legislación básica de procedimiento administrativo.

3. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. El incumplimiento de este plazo determinará la exclusión de la convocatoria.

4. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 17 de la orden de bases, para esta convocatoria las entidades podrán presentar, junto con la solicitud, la documentación justificativa de gasto objeto de la subvención, de acuerdo con los modelos y las instrucciones que estarán a disposición de los interesados en la página web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte http://www.ceice.gva.es/web/centros-docentes/ayudas/ subvenciones.

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