DECRETO FORAL 74/2016, DE 21 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO FORAL 110/2005, DE 5 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre , del Gobierno de Navarra y de su Presidente, que entró en vigor el 1 de marzo de 2005, regula los órganos de asistencia y apoyo directo al Gobierno de Navarra y a sus miembros, destacando, en su artículo 18, la creación de la Comisión de Coordinación, por la asistencia que desde el punto de vista técnico está destinada a prestar al mismo.
La propia Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre , del Gobierno de Navarra y de su Presidente, crea la Comisión de Coordinación y diseña su composición básica y sus funciones fundamentales, y se remite a un decreto foral del Gobierno de Navarra para que regule pormenorizadamente sus funciones, su composición y su funcionamiento.
En cumplimiento de este mandato se aprobó el Decreto Foral 110/2005, de 5 de septiembre , por el que se regula la Comisión de Coordinación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Este decreto foral fue objeto de una posterior modificación, introducida por el Decreto Foral 6/2012, de 1 de febrero.
Tras la reestructuración que ha tenido lugar en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra como consecuencia de las elecciones legislativas de Navarra en el año 2015, se advierte la conveniencia de proceder a la modificación de la composición de la Comisión.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintiuno de septiembre de dos mil dieciséis,
DECRETO:
Artículo único.-Modificación del apartado 1.º del artículo 4 del Decreto Foral 110/2005, de 5 de septiembre, por el que se regula la Comisión de Coordinación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Se modifica el artículo 4.1 del Decreto Foral 110/2005, de 5 de septiembre, que queda redactado de la siguiente forma:
Artículo 4. Composición.
1. La Comisión de Coordinación estará compuesta por los siguientes miembros:
a) La Presidenta, que será la Consejera Secretaria del Gobierno de Navarra.
b) La Vicepresidenta, que será la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales del Gobierno de Navarra.
c) El Secretario, que será el Director del Servicio de Secretariado de Gobierno y Acción Normativa. En caso de vacante, ausencia, enfermedad, u otra causa justificada, el Secretario será sustituido por la persona que designe el Presidente.
d) La Directora General de Presidencia y Gobierno Abierto.
e) Los Secretarios Generales Técnicos de cada uno de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral.
Disposición final única.-Entrada en vigor.
Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
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