ORDEN FORAL 68/2016, DE 14 DE SEPTIEMBRE, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE DESIGNACIÓN INTERINA DE LOS PUESTOS DE JEFATURA DE SERVICIO Y JEFATURA DE SECCIÓN ASISTENCIAL EN EL SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA.
La Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre , reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, establece en su artículo 34 que la provisión de las jefaturas de servicio y de sección médico-asistenciales se realizará por concurso o concurso-oposición libre.
El Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre , por el que se regula el ingreso y la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, regula en su Capítulo I, Sección 2.ª, Apartado A) el procedimiento de selección para la provisión de puestos de dichas jefaturas, indicando que la misma se realizará, con ocasión de vacante, mediante concurso-oposición libre o mediante el sistema excepcional de concurso de méritos previsto en el artículo 31 de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, en los que podrán participar aquellos facultativos que reúnan los requisitos que se exijan en las correspondientes convocatorias.
Dicha norma establece que los titulares de los puestos de Jefatura de Servicio y de Sección que hubieran completado seis años en el desempeño de los mismos continuarán interinamente en el ejercicio de dichos puestos hasta que se resuelva la evaluación a que se refiere el artículo anterior. Añade asimismo en su artículo 18, apartado 3, que la nueva convocatoria de la jefatura se realizará con ocasión de vacante en la unidad, pudiéndose designar interinamente, entre tanto, a un facultativo especialista de plantilla para desempeñar dicha jefatura.
Al hilo de recientes sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Navarra y de conformidad con los principios constitucionales de publicidad, mérito y capacidad, se considera necesario desarrollar el procedimiento de designación interina garantizando la participación en condiciones de igualdad de todo el personal.
La presente Orden Foral, que ha sido objeto de la preceptiva negociación en la Mesa Sectorial de Salud, tiene por finalidad regular, en atención a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como al de publicidad, el procedimiento para la cobertura interina a que se refiere el párrafo anterior.
En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,
ORDENO:
Artículo 1. Objeto.
Esta Orden Foral tiene por objeto regular el procedimiento para la provisión mediante designación interina de los puestos de trabajo de Jefatura de Servicio o de Sección asistencial del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, en tanto se proceda, en su caso, a su convocatoria pública por el procedimiento reglamentario que se determine.
La provisión interina de los puestos de trabajo de Jefatura de Servicio o Sección asistencial se realizará por concurso de méritos mediante convocatoria pública.
Artículo 2. Requisitos de los aspirantes.
Podrá participar en la convocatoria el personal facultativo que tenga plaza en propiedad de la especialidad de que se trate en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
Artículo 3. Procedimiento.
La selección se llevará a cabo con arreglo al siguiente procedimiento:
1. Publicidad:
La convocatoria será publicada en los tablones de anuncios de los centros sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y en la página web de Salud www.empleosalud.navarra.es.
2. Plazo y presentación de solicitudes:
El plazo para la presentación de las solicitudes de participación en la convocatoria será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
Quienes deseen participar deberán adjuntar a la solicitud la documentación correspondiente a los méritos que se relacionan a continuación:
-Proyecto de gestión del Servicio o Sección cuya cobertura se pretenda así como los objetivos que se planteen.
-Experiencia profesional: servicios prestados.
-Formación en gestión.
3. Listado provisional de personas admitidas y excluidas.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se procederá a la publicación de la lista provisional en los tablones de anuncios de los centros sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y en la página web de Salud www.empleosalud.navarra.es estableciéndose un plazo de 5 días hábiles para la presentación de alegaciones. En el supuesto de que no hubiese personas excluidas se procederá a la publicación de la lista definitiva.
4. Finalizado el plazo de reclamaciones se procederá a publicar el listado definitivo de personas admitidas y excluidas en los tablones de anuncios de los centros sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y en la página web de Salud www.empleosalud.navarra.es.
En el momento de aprobarse la lista definitiva se publicará la fecha, lugar y hora de la realización de la sesión pública de defensa del proyecto de gestión presentado.
5. Tribunal calificador.
Se constituirá un tribunal formado por la persona titular de la Gerencia del centro donde se convoque el puesto o de una Dirección o Subdirección médica o por la persona titular de la Dirección de Asistencia Sanitaria al Paciente, por un Jefe/a de Servicio o Sección de la especialidad convocada y por un/a representante a propuesta de las centrales sindicales presentes en la Mesa Sectorial de la categoría profesional convocada (médico o F.E.A.).
El tribunal será nombrado por el Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes.
6. Fase de concurso:
El tribunal valorará la documentación aportada en tiempo y forma con carácter previo a la defensa pública del proyecto.
Posteriormente, los/las aspirantes realizarán su exposición pública del proyecto y responderán a las preguntas que plantee el Tribunal.
La valoración de los méritos alegados y justificados se llevará a cabo con arreglo al baremo establecido en el Anexo I de esta Orden Foral.
La puntuación máxima a otorgar no podrá superar los 60 puntos, distribuidos de la siguiente manera:
-Defensa del proyecto de gestión: máximo 30 puntos.
-Experiencia profesional: máximo 20 puntos.
-Formación en gestión: máximo 10 puntos.
La puntuación mínima para ser propuesto será de 30 puntos siendo necesario un mínimo de 15 puntos en la valoración de la defensa del proyecto de gestión.
7. Realizada la fase de concurso el Tribunal publicará en los tablones de anuncios de los centros sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y en la página web de Salud www.empleosalud.navarra.es el resultado final del proceso con las puntuaciones.
Artículo 4. Resolución del procedimiento.
1. Finalizado el procedimiento el Tribunal, en el plazo máximo de 48 horas, propondrá al Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea o al Consejero de Salud, según proceda, a la persona que hubiera obtenido mayor puntuación para su nombramiento interino, o en su caso, declarar desierta la convocatoria de provisión.
2. El procedimiento regulado en esta Orden Foral deberá ser resuelto en el plazo máximo de 3 meses a contar desde su publicación en la web de Salud www.empleosalud.navarra.es y en el tablón de anuncios de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
Artículo 5. Nombramiento.
1. El nombramiento con carácter interino tendrá una duración de 1 año prorrogable hasta 3 mientras no se realice la convocatoria por concurso de méritos y conllevará la reserva de su plaza de personal facultativo mientras dure éste.
Asimismo, podrá acordarse el cese con anterioridad al transcurso del plazo máximo para el se haya sido nombrado, previo expediente contradictorio, en cualquier momento.
2. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.
Artículo 6. Cobertura interina.
En el caso de quedarse desierta la convocatoria o no presentarse ningún aspirante a la misma, la persona titular de la Dirección Gerencia del centro donde se encuentre el puesto a cubrir propondrá el nombramiento interino, de la persona que se que considere adecuada por un periodo no superior a un año.
Disposición Final Primera.-Entrada en vigor.
Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y se aplicará a los procedimientos de provisión con carácter interino que se inicien a partir de esa fecha.
Anexos
Omitidos.
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