RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 4621-2016, CONTRA EL ARTÍCULO 2 DE LA LEY 48/2015, DE 29 DE OCTUBRE, POR LA SE APRUEBAN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTARIO DE 2016, EN CUANTO APRUEBA CRÉDITOS PARA LAS INVERSIONES QUE EL ESTADO REALIZARÁ DURANTE EL EJERCICIO DE 2016 EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 20 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 4621-2016, promovido por la Diputación General de Aragón, contra el artículo 2 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, por la se aprueban los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio presupuestario de 2016, en cuanto aprueba créditos para las inversiones que el Estado realizará durante el ejercicio de 2016 en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Madrid, 20 de septiembre de 2016.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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