RESOLUCIÓN DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2016, DEL INSTITUTO ANDALUZ DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, POR LA QUE SE DECLARA UN NUEVO CRÉDITO DISPONIBLE PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES APROBADA POR RESOLUCIÓN DE 15 DE JULIO DE 2016, DEL INSTITUTO ANDALUZ DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE LOS PLANES DE FORMACIÓN DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE ANDALUCÍA, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
La Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 28 de julio de 2014, aprobó las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Dicha Orden fue modificada posteriormente por Orden de 5 de julio de 2016, debido a que la formación profesional para el empleo ha sido objeto de una regulación de nuevo cuño, primero, a través del Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo , y después, mediante la Ley 30/2015, de 9 de septiembre , por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
Mediante Resolución de 15 de julio de 2016, del Instituto Andaluz de Administración Pública, se convocaron para el ejercicio 2016 las subvenciones previstas en la citada Orden de 28 de julio de 2014.
El Resuelvo cuarto de la indicada Resolución de 15 de julio de 2016, establece que a estas subvenciones se destinará una cuantía total máxima de 2.349.380 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 1031180000/G/12B/46000/00S0007 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2016. Seguidamente en el punto 3 dispone que, además de la cuantía total máxima indicada en la presente convocatoria, se podrá disponer de una cuantía adicional de 2.168.005 euros cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de esta cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda en un momento anterior, en cualquier caso, a la resolución de concesión de la subvención. La declaración de créditos disponibles, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no implicará la apertura de un plazo para la presentación de nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución.
Habiéndose producido un aumento sobrevenido en el crédito disponible de la partida presupuestaria con las que se financiarán las subvenciones convocadas por la Resolución de 15 de julio de 2016, del Instituto Andaluz de Administración Pública, procede declarar un nuevo crédito disponible con objeto de atender un mayor número de subvenciones de entre las que reúnan los requisitos exigidos en la normativa aplicable.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y en el artículo 22 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y en el marco de las citadas bases reguladoras, corresponde a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública la convocatoria de la presente línea de subvenciones.
En virtud de la referida habilitación, y en uso de las atribuciones conferidas a esta Dirección por el artículo 12 de los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobados por el Decreto 277/2009, de 16 de junio ,
RESUELVO
Único. Declaración del crédito disponible.
Se amplia en 2.161.147,44 euros más la disponibilidad presupuestaria establecida en la Resolución de 15 de julio de 2016, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan para el ejercicio 2016 las subvenciones previstas en la Orden de 28 de julio de 2014, modificada por Orden de 5 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.
Esta cuantía máxima se distribuirá entre los distintos tipos de planes en la forma prevista en el Acuerdo de la Comisión Paritaria que figura como Anexo en la Resolución de 5 de julio de 2016, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocaron para el ejercicio 2016 las subvenciones previstas en la citada Orden de 28 de julio de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 de ésta última.
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