Modificación del Decreto 50/2012, de 12 de enero

 20/09/2016
 Compartir: 

Decreto 125/2016, de 1 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 50/2012, de 12 de enero, por el que se crea la Agencia Gallega de Innovación y se aprueban sus estatutos (DOG de 19 de septiembre de 2016). Texto completo.

DECRETO 125/2016, DE 1 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 50/2012, DE 12 DE ENERO, POR EL QUE SE CREA LA AGENCIA GALLEGA DE INNOVACIÓN Y SE APRUEBAN SUS ESTATUTOS

En el año 2012 se aprobó el Decreto 50/2012, de 12 de enero , por el que se crea la Agencia Gallega de Innovación y se aprueban sus estatutos.

En virtud del Decreto 15/2014, de 6 de febrero, se modifican los estatutos de la Agencia Gallega de Innovación y la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, quedando la estructura organizativa de la Agencia dividida en las siguientes cuatro unidades orgánicas, dependientes directamente de la Dirección de la Agencia:

a) Área de Gestión.

b) Área de Programas.

c) Área de Servicios.

d) Área de Centros.

Las funciones correspondientes al Área de Programas están relacionadas con el diseño y planificación estratégica en materia de innovación y desarrollo tecnológico, así como la evaluación de las convocatorias de ayudas impulsadas por la Agencia en el ámbito de la I+D+i, por lo que pueden ser calificadas como atribuciones propias del personal funcionario del cuerpo superior de la Xunta de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 41 y 42 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía, Empleo e Industria, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día uno de septiembre de dos mil dieciséis,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación de los estatutos de la Agencia Gallega de Innovación, aprobados por el Decreto 50/2012, de 12 de enero

Se modifica el primer párrafo del artículo 22.1 de los estatutos de la Agencia Gallega de Innovación, que queda redactado como sigue:

“Le corresponde al Área de Programas, con nivel orgánico de subdirección general, el diseño y planificación estratégica en materia de innovación, investigación y desarrollo tecnológico, así como la evaluación de las convocatorias de ayudas impulsadas por la Agencia en el ámbito de la I+D+i, y tendrán las siguientes funciones:”

Disposición derogatoria única. Derogación normativa

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este decreto.

Disposición final única. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. INAP: Novedad editorial: “Manual básico de Administración Electrónica. La nueva regulación del procedimiento administrativo sin papel (2.ª edición)”
  2. Tribunal Supremo: Cuando coincidan aprovechamiento especial y uso privativo del dominio público local por instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos, se deberá justificar la intensidad de cada uno de ellos para cuantificar la tasa a aplicar a cada uno
  3. Tribunal Supremo: Se puede incluir, en la relación de aspirantes que superan la fase de oposición, a un opositor que participa en el proceso selectivo en el turno de personas con discapacidad y que obtiene una puntuación inferior a los del turno libre
  4. Tribunal Supremo: El TS analiza si ha de concurrir la condición de habitualidad en el ejercicio de la actividad económica o profesional, así como la existencia de una retribución mínima, a efectos del alta en el RETA
  5. Estudios y Comentarios: La formación en transparencia y acceso a la información como mecanismo de lucha contra la corrupción
  6. INAP: Ya está disponible el boletín n.º 12 "¿De qué habla la Comunidad de Formación?"
  7. Actualidad: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (Del 1 al 7 de octubre de 2025)
  8. INAP: Celebrada la sesión de INAP Talks: "La administración defensiva: La carga invisible del liderazgo"
  9. INAP: Nueva sesión de INAP Talks: “La administración defensiva: La carga invisible del liderazgo”
  10. Agenda: Programa UCM de Inteligencia Artificial: Gobernanza Institucional y Ética

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana