Recurso de inconstitucionalidad n.º 1643-2016

 28/07/2016
 Compartir: 

Recurso de inconstitucionalidad n.º 1643-2016, contra los artículos 3 (incisos t), x)), 4 (apartados 1 y 2.b)), 6.1), 9.4), 56 (apartados 1), 2) y 3)), 59, 63.2) (apartados a), b), c), d), f), g), h)), 64, 72 (apartados 1) y 3c)), 74, 75, 83 (apartado d)), 84 (apartado d)) y apartado 3 de la disposición adicional primera de la Ley de la Comunidad Autónoma del País Vasco 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda (BOE de 28 de julio de 2016). Texto completo.

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 1643-2016, CONTRA LOS ARTÍCULOS 3 (INCISOS T), X)), 4 (APARTADOS 1 Y 2.B)), 6.1), 9.4), 56 (APARTADOS 1), 2) Y 3)), 59, 63.2) (APARTADOS A), B), C), D), F), G), H)), 64, 72 (APARTADOS 1) Y 3C)), 74, 75, 83 (APARTADO D)), 84 (APARTADO D)) Y APARTADO 3 DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA DE LA LEY DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO 3/2015, DE 18 DE JUNIO, DE VIVIENDA.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 19 de julio actual, en el recurso de inconstitucionalidad número 1643-2016, promovido por el Presidente del Gobierno, ha acordado:

1.º Mantener la suspensión de los artículos 3, en sus letras t) y x); 4, en sus apartados 1 y 2.b); 9.4; 56, en sus apartados 1, 2 y 3; 59; 63.2, en sus letras a), b), c), d), f), g) y h); 64; 72, en sus apartados 1 y 3.c); 74; 75; 83.d); y 84.d), todos ellos de la Ley del Parlamento Vasco 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda.

2.º Levantar la suspensión del artículo 6.1 y del apartado 3 de la disposición adicional primera de la Ley del Parlamento Vasco 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda.

Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 93, de 18 de abril de 2016.

Madrid, 19 de julio de 2016.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana