Subvenciones dirigidas a Ayuntamientos destinadas a financiar las inversiones necesarias para la prestación de los servicios de competencia municipal

 20/07/2016
 Compartir: 

Extracto de la Orden 1355/2016, de 12 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se convocan para el año 2016 las subvenciones dirigidas a Ayuntamientos destinadas a financiar las inversiones necesarias para la prestación de los servicios de competencia municipal (BOCAM de 19 de julio de 2016). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN 1355/2016, DE 12 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2016 LAS SUBVENCIONES DIRIGIDAS A AYUNTAMIENTOS DESTINADAS A FINANCIAR LAS INVERSIONES NECESARIAS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE COMPETENCIA MUNICIPAL.

BDNS: 312004

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS.

Primero Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los municipios de la Comunidad de Madrid que a 1 de enero de 2015 tengan una población oficial inferior a 5.000 habitantes según la correspondiente certificación expedida por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y que no se encuentren incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo Objeto

Financiar a los municipios de la Comunidad de Madrid los gastos de inversión que resulten necesarios para la gestión municipal que no hayan sido incluidos en la planificación plurianual de inversiones aprobada por la Comunidad de Madrid.

Tercero Bases reguladoras

La presente convocatoria se regula por las bases reguladoras aprobadas por la Orden 1058/2016, de 10 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 152, de 28 de junio de 2016).

Cuarto Cuantía

La cantidad máxima que se podrá conceder a cada municipio es de 49.000,00 euros.

La cuantía de las subvenciones convocadas asciende a 2.001.141,00 euros, consignados en el Subconcepto 76309 del Programa 942N de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2016.

Quinto Plazo de presentación de solicitudes

Un mes desde el día siguiente a la publicación de este extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana