Comisión del Juego

 19/07/2016
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Decreto 43/2016, de 15 de julio, por el que se modifica el Decreto 48/2014, de 28 de noviembre, por el que se crea y se regula la Comisión del Juego de las Illes Balears (BOCAIB de 16 de julio de 2016) Texto completo.

DECRETO 43/2016, DE 15 DE JULIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 48/2014, DE 28 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE CREA Y SE REGULA LA COMISIÓN DEL JUEGO DE LAS ILLES BALEARS

Mediante el Decreto 48/2014, de 28 de noviembre (BOIB n.º 163, de 29 de noviembre), se creó y reguló la Comisión del Juego de las Illes Balears como nuevo órgano consultivo, de estudio, asesoramiento y coordinación de las actividades relacionadas con el juego y las apuestas en el ámbito territorial de las Illes Balears.

En el artículo 4 de este decreto se regula la composición de la Comisión del Juego; en el apartado 1 d de dicho artículo se determinan los miembros que forman parte de la Comisión como vocales.

La Ley 2/2011, de 22 de marzo, regula la participación institucional de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de la comunidad autónoma de las Illes Balears; el artículo 3 en concreto regula los criterios de representatividad y participación que deben tenerse en cuenta a la hora de participar en todas las entidades públicas y los organismos de la Administración autonómica.

Se ha constatado que la actual composición de la Comisión del Juego de las Illes Balears no se ajusta a lo previsto en la Ley 2/2011, de 22 de marzo, antes mencionada, ya que no presenta la paridad suficiente entre los representantes de las organizaciones empresariales y los representantes de las organizaciones sindicales, por lo que resulta necesario modificar el apartado 1 d del artículo 4 del Decreto 48/2014, de 28 de noviembre, por el que se crea y se regula la Comisión del Juego de las Illes Balears.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Trabajo, Comercio e Industria, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión del día 15 de julio de 2016,

DECRETO

Artículo único

Se modifica la letra d del artículo 4.1 del Decreto 48/2014, de 28 de noviembre, por el que se crea y se regula la Comisión del Juego de las Illes Balears, que queda redactado en los siguientes términos:

d) Vocales:

Un representante del sector empresarial de casinos de juego.

Un representante de las asociaciones empresariales de bingos.

Un representante de las asociaciones empresariales de salas de juego.

Un representante de las asociaciones empresariales de máquinas recreativas.

Un representante del sector empresarial de apuestas.

Cinco representantes de los trabajadores del sector del juego, propuestos por las organizaciones sindicales más representativas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Un representante de las asociaciones o entidades que tengan, entre sus finalidades, la atención, la asistencia o el tratamiento de las patologías asociadas a la adicción al juego.

Un representante de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

Un representante de la dirección general competente en salud pública.

Un representante de la Federación de Entidades Locales de las Illes Balears.

Un representante del Consejo Insular de Mallorca.

Un representante del Consejo Insular de Menorca.

Un representante del Consejo Insular de Ibiza.

Un representante del Consejo Insular de Formentera.

Disposición final única

Este decreto entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

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