Subvenciones destinadas a Entidades Locales con una población inferior a 20.000 habitantes para financiar actuaciones en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural

 13/06/2016
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Extracto de la Orden de 2 de junio de 2016, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se convocan subvenciones destinadas a Entidades Locales con una población inferior a 20.000 habitantes para financiar actuaciones en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León (BOCYL de 10 de junio de 2016). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN DE 2 DE JUNIO DE 2016, DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES CON UNA POBLACIÓN INFERIOR A 20.000 HABITANTES PARA FINANCIAR ACTUACIONES EN BIENES INMUEBLES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE CASTILLA Y LEÓN.

BDNS (Identif.): 308536.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero.- Beneficiarios.

Entidades Locales de Castilla y León que tengan una población inferior a 20.000 habitantes de acuerdo con la última actualización del padrón de habitantes.

Segundo.- Objeto.

Convocar, para el año 2016, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones en cada una de las provincias de la Comunidad de Castilla y León, destinadas a Entidades Locales con una población inferior a 20.000 habitantes para financiar actuaciones en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Tercero.- Bases reguladoras.

ORDEN CYT/343/2016, de 14 de abril, publicada en el “Boletín Oficial de Castilla y León” n.º 82, de 29 de abril de 2016.

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía total del crédito consignado es de 699.984,00 euros (77.776,00 € por provincia). La cuantía de la subvención de cada beneficiario: el 50% del gasto subvencionable, sin que pueda superarse la cuantía de 30.000 euros por beneficiario.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente orden en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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