EXTRACTO DE LA ORDEN DE 31 DE MAYO DE 2016, DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES PARA FINANCIAR ACTUACIONES DE MEJORA DE LA CALIDAD EN LAS INFRAESTRUCTURAS TURÍSTICAS EN DESTINO PARA EL AÑO 2016.
BDNS (Identif.): 308518.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.
Primero.- Beneficiarios.
1. Las provincias, los municipios y las entidades locales menores, así como las comarcas, mancomunidades y asociaciones de municipios, y demás entidades previstas en la legislación vigente en materia de régimen local.
2. Los miembros asociados del beneficiario, siempre que tengan la condición de públicos.
Segundo.- Objeto.
Convocar, para el año 2016, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a Entidades Locales para financiar actuaciones de mejora de la calidad en las infraestructuras turísticas en destino, con la finalidad de contribuir a la diversificación de la oferta turística, impulsar la puesta en valor de los recursos culturales y artísticos, y mejorar la calidad de los destinos turísticos de Castilla y León, a través del apoyo a las iniciativas desarrolladas por las entidades locales de la Comunidad, que estén encaminadas a la creación y mejora de los recursos turísticos.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden CYT/366/2016, de 26 de abril, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 89, de 11 de mayo de 2016.
Cuarto.- Cuantía.
La cuantía total del crédito consignado es de 2.000.000 . La cuantía de la subvención de cada beneficiario podrá alcanzar el 90% de la inversión aprobada por la Administración. De la inversión presentada por los beneficiarios se determinará una inversión aprobada por la administración concedente, cuya cuantía se calculará detrayendo de la inversión presentada los gastos no subvencionables, teniendo en cuenta la existencia de un límite máximo de inversión aprobada de 70.000,00 y será proporcional a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Sexto.- Pagos anticipados.
Se podrán realizar pagos anticipados del 50 % de las cantidades concedidas, previa solicitud de los beneficiarios.
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