RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 36-2016, CONTRA EL APARTADO 12 DEL ARTÍCULO ÚNICO DE LA LEY 11/2015, DE 30 DE MARZO, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 10/2006, DE 21 DE DICIEMBRE, DE ENERGÍAS RENOVABLES Y AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LA REGIÓN DE MURCIA.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 10 de mayo actual en el recurso de inconstitucionalidad núm. 36-2016, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado levantar la suspensión del artículo 20 bis de la Ley 10/2006, de 21 de diciembre, de Energías Renovables y Ahorro y Eficiencia Energética de la Región de Murcia, redactado por el apartado 12 del artículo único de la Ley 11/2015, de 30 de marzo, suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 20, de 23 de enero de 2016.
Madrid, 10 de mayo de 2016.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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