Subvenciones a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre

 18/05/2016
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Resolución 341/2016, de 4 de mayo, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se convocan subvenciones a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre (extracto) (BOR de 16 de mayo de 2016) Texto completo.

RESOLUCIÓN 341/2016, DE 4 DE MAYO, DE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIA, IGUALDAD Y JUSTICIA, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES RIOJANAS PARA ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE TIEMPO LIBRE (EXTRACTO)

BDNS: 306027

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans

Primero.- Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios:

Las Entidades Locales y, organismos dependientes de las mismas, comprendidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Serán beneficiarios aquellos que, reuniendo todos los requisitos obtengan al menos el 1% del total de puntos posible.

Segundo.-Objeto: Financiar gastos de naturaleza corriente destinados a la promoción y participación en actividades deportivas de tiempo libre.

Tercero.- Bases reguladoras: Orden 5/2007, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en materia deportiva, de 8 de marzo, (BOR n.º 25, de 22 de febrero de 2007).

Cuarto.- Cuantía: Un importe total de veinte mil seiscientos cincuenta euros (20.650 €) distribuido en las siguientes partidas presupuestarias:

2016 20.03 4541 461.00: 20.050€

2016 20.03 4541 461.00: 600 €

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) 20.8.a) y 23.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Sexto.- Otros datos de interés:

- Convocatoria.- El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=18409

- Solicitudes.- El modelo oficial de solicitud está disponible en la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud, Muro de la Mata n.º 8, en el Servicio de Atención al Ciudadano, calle Capitán Cortés, 1 de Logroño o a través de la página web del Gobierno de La Rioja http://www.larioja.org/deporte/es/becas-subvenciones.

- Documentación.- La prevista en el apartado noveno de la resolución n.º 341/2016, de 4 de mayo, por la que se convocan subvenciones a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre.

- Procedimiento de concesión.- Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- Justificación.- En lo referente a la justificación de la subvención, se estará a lo dispuesto en el apartado duodécimo de la resolución n.º 341/2016, por la que se convocan subvenciones a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre.

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