Subvenciones para corporaciones locales y entidades públicas y privadas sin fines de lucro para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas

 26/04/2016
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Resolución de 6 de abril de 2016, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se convocan subvenciones para corporaciones locales y entidades públicas y privadas sin fines de lucro para la realización de actividades, en el marco de la educación de personas adultas, que se lleven a cabo en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2015 y el 30 de septiembre de 2016 (extracto) (BOR de 25 de abril de 2016) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 6 DE ABRIL DE 2016, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA CORPORACIONES LOCALES Y ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES, EN EL MARCO DE LA EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS, QUE SE LLEVEN A CABO EN EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE OCTUBRE DE 2015 Y EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016 (EXTRACTO)

BDNS: 304019

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

Primero.- Beneficiarios: Corporaciones locales y entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro.

Segundo.- Objeto: Subvenciones para la realización de actividades, en el marco de la educación de personas adultas, entre el 1 de octubre de 2015 y el 30 de septiembre de 2016, ambos incluidos.

Tercero: Bases reguladoras: Orden 11/2009, de 10 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a corporaciones locales y entidades públicas y privadas, sin fines de lucro, para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas.

Cuarto.- Cuantía total de las subvenciones: 124.768 euros, de los que 80.208 euros se destinarán a corporaciones locales y 44.560 euros a las entidades públicas y privadas sin fines de lucro. Cuantía máxima por beneficiario: los módulos de subvención se establecen indivisibles en 4.456 euros cada uno, pudiéndose conceder más de un módulo a cada corporación o entidad solicitante, si las actividades proyectadas lo requirieses, a juicio de la Comisión de Valoración.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el BOR.

Sexto.- Otros datos de interés.

- Solicitudes: Por los cauces habituales y vía telemática (http://www.larioja.org/educacion/es/oficina-electronica?web=110&proc=02447)

- Documentación: la prevista en la base tercera de la convocatoria.

- Forma de pago: el abono de la subvención se realizará en un único pago una vez finalizado el Proyecto de actuación y previa la presentación de la documentación justificativa.

- Plazo de justificación: según lo previsto en la base octava de la convocatoria la fecha límite será hasta el 15 de octubre de 2016, incluido.

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